Solo 615 de los 64.000 reclusos están en la cárcel por delitos económicos
Los inspectores de Hacienda lamentan la laxitud con estos abusos

La jefa de la Unidad de Delitos de la Agencia Tributaria, Caridad Gómez, ha lamentado este viernes los pocos casos de delito económico que terminan con penas de cárcel. Gómez ha asegurado que según datos de instituciones penitenciarias solamente 615 de los 64.000 reclusos de las cárceles españolas están por delitos económicos.
Del total de reos pode cuestiones económicas, 87 están en la cárcel por blanqueo de capitales, 300 por apropiación indebida, 50 por alzamiento de bienes, otros 150 por delitos contra la Hacienda Pública, 12 por encarcelados lo están por fraude en las cotizaciones a la Seguridad Social, otros 12 por contrabanado y 4 por delitos societarios, según ha detallado la responsable del fisco español. "En total hay unos 200 reclusos por delitos fiscal en primer o segundo orden en la cárcel", ha indicado.
Caridad Gómez se ha centrado en los delitos contra la Hacienda Pública, aquellos fraudes que superan los 120.000 euros. En este punto se ha quejado de que la legislación deja muchos huecos para que los grandes defraudadores. Durante su intervención en XXIV Congreso de Inspectores de Hacienda del Estado (IHE) celebrado en Bilbao ha reclamado que se puedan tipificar como delito algunas prácticas de ingeniería fiscal de las grandes empresas. "Hay poca población reclusa por delito fiscal por la suspensión de la ejecución de la pena", ha argumentado. Y añade: "La atenuante más aplicada es la dilación del proceso", por eso ha reclamado acelerar la instrucción de estos casos.
Ha señalado que la legislación considera que estos delitos "se cometen de forma provisional sin consumarse" porque, según ha explicado, la última reforma del código penal por la ley antifraude, aprobada en 2012, permite que se borre el delito de un contribuyente cuando lo regularice. La responsable de la Agencia Tributaria ha recordado esta situación en plena tormenta por el caso de las tarjetas opacas de Caja Madrid. Algunos de los directivos que se beneficiaron de las visas opacas están regularizando su situación, lo que podría eximirles del delito fiscal en caso de que existiera (las cantidades defraudadas no superarían el límite de delito fiscal).
Caridad Gómez ha recordado que antes del cambio de 2012 ya existía la excusa absolutoria. "La diferencia con la situación anterior es que antes se borraba la pena y ahora se borra el delito", ha sentenciado. "Las consecuencias son tremendas porque quien borra el delito fiscal borra el problema de blanqueo", ha añadido.
La responsable de la Agencia Tributaria ha relatado que las penas de cárcel para los delitos contra la Hacienda Pública, recogidos en el artículo 305 del Código Penal, ascienden a entre 1 y 5 años. Estas penas se elevan a 2 años y 6 años para casos agravados, en los que participe una organización delictiva. "En la práctica siempre se termina aplicando las penas próximas al límite mínimo porque como consecuencia de la legislación penal", ha dicho Gómez, quien ha recordado que existen vías para reducción de penas entre uno o dos grados.
La jefa de la Unidad de Delitos de la Agencia Tributaria ha reclamado poder tipificar algunas de las prácticas de elusión fiscal de las empresas como la generación ficticia de bases imponibles negativas o la aplicación de deducciones ficticias. "Habría que plantearse que estas actitudes tengan reproche penal y tengan consecuencias", ha manifestado. La multinacional cementera Cemex tiene un expediente del fisco abierto por haberse anotado unos 3.000 millones de euros en bases imponibles negativas (pérdidas de un ejercicio que se compensan fiscalmente con ganancias de ejercicios posteriores).
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