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Las grandes empresas no tendrán que tributar por las plusvalías de sus filiales

La reforma fiscal unifica el trato a las participaciones nacionales y extranjeras

J. S. GONZÁLEZ
El ministro de Hacienda,Cristóbal Montoro.
El ministro de Hacienda,Cristóbal Montoro.Chema Moya (EFE)

Las empresas con participaciones en otras compañías superiores al 5% del capital o que hayan invertido, al menos, 20 millones de euros en el capital de otra sociedad no tendrán que pagar por los dividendos que obtengan por sus participaciones ni por la venta de estas con independencia de que la filial esté en España o en otro país. Así se desprende del artículo 21 del Proyecto de Ley de reforma del impuesto de sociedades incluido en la reforma fiscal.

El Gobierno aprueba esta medida para unificar el tratamiento que tenían las participaciones extranjeras —que estaban exentas si cumplían unos requisitos— de las españolas. De esta forma, permite que las grandes empresas no tributen por los dividendos o plusvalías que obtienen de sus filiales porque consideran que estas ya pagaron impuestos por sus beneficios.

Se trata de evitar casos como el de Apple en Estados Unidos, que el año pasado tuvo que pedir prestados cerca de 17.000 millones de dólares para recomprar acciones a pesar de tener una liquidez envidiable de cerca de 145.000 millones de dólares, pero la mayor parte de este dinero se encontraba en sus filiales extranjeras. Repatriar el dinero le suponía una enorme factura fiscal.

El proyecto de ley recoge cambios respecto al texto inicial presentado por el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro. En primer lugar, reduce la inversión necesaria para acogerse a este sistema de exención de 50 a 20 millones. Además, establecía un régimen transitorio hasta 2017 que se elimina con el nuevo texto.

Estas modificaciones benefician a las grandes empresas y elevan el coste de la medida para las arcas tributaras. Aunque el proyecto de ley no precisa cuánto costará que las grandes empresas no paguen por las plusvalías o dividendos que obtengan de sus participadas españolas o extranjeras. "La revisión del mecanismo de eliminación de la doble imposición que se introduce en el proyecto no conlleva efectos recaudatorios directos sino como consecuencia de los que se deriven de la liquidación del impuesto", según figura en el Proyecto de Ley.

"Esta modificación va dirigida para las grandes empresas en detrimento de las pequeñas empresas. Antes había una deducción por doble imposición. Si la participación era superior al 5% del capital se podía deducir el 100% de las plusvalías. Si era inferior solo podían deducirse el 50% de las plusvalías", explica Francisco de la Torre, miembro de la organización de Inspectores de Hacienda del Estado (IHE). Lo que hace la nueva norma es eliminar la parte de la deducción para las pequeñas y medianas empresas y convertir en exención el que se anotaban las grandes compañías.

En el caso de las participaciones extranjeras, la norma simplifica el proceso actual y establece que estarán exentas cuando hayan estado sujetas a un impuesto de sociedades nominal del 10%. "Como es nominal, en la práctica, si la participada se ha aprovechado de deducciones y otros beneficios, te puedes traer lo que quieras de donde quieras", añade De la Torre. El Gobierno presume que estas plusvalías o dividendos exentos se convertirán en beneficios posteriormente. "Pero eso está por ver", precisa el inspector de Hacienda.

El Gobierno justifica la medida para adaptar la legislación española a la comunitaria. Y para que las empresas españolas estén en igualdad de condiciones que las de los países de nuestro entorno que mantienen desde hace años un sistema de exención para eliminar la doble imposición.

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Sobre la firma

J. S. GONZÁLEZ
Redactor jefe de Economía y Negocios en EL PAÍS. Estudió Económicas y trabajó cinco años como auditor. Ha cubierto la crisis financiera, contado las consecuencias del pinchazo de la burbuja inmobiliaria, el rescate a España y las reformas de las políticas públicas de la última década. Ha cursado el programa de desarrollo directivo (PDD) del IESE.

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