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Prohibida la "apología de los verdugos"

El País

El Tribunal Supremo asegura que exhibir fotos de etarras es delito si se hace como "apología de los verdugos", en referencia a los terroristas que llevan a cabo "asesinatos, estragos, extorsiones y amedrentamientos" con el fin de conseguir la independencia del País Vasco.

Así se afirma en una sentencia de la Sala de lo Penal del Supremo, que rechaza el recurso de dos condenados, uno de ellos exconcejal de ANV, que incluyeron fotos de etarras en un programa de fiestas de Gernika (Vizcaya).

Los hechos tuvieron lugar en las fiestas de 2009 y fueron protagonizados por Javier Etayo Larrainzar y Jesús María Alberdi Arrizabalaga, concejal éste de Fiestas por ANV. Ambos colocaron en el programa de festejos fotos de diez etarras con el texto "no podemos ser nada sin ellos". También se incluía otra instantánea del etarra Jon Anza con las palabras "¿secuestrado?, ¿torturado?, ¿asesinado?".

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La Audiencia Nacional condenó a Etayo y a Alberdi a un año de prisión cada uno por un delito de enaltecimiento del terrorismo. Ambos condenados decidieron recurrir al Supremo, al entender que se había vulnerado su derecho a la libertad de expresión. A este respecto, el Alto Tribunal replica que la Constitución española "no impone un modelo de democracia militante" ni requiere "el respeto ni la adhesión al ordenamiento jurídico". Sin embargo, los magistrados sostienen que "nada que ver con esta situación es la alabanza de los actos terroristas o la apología de los verdugos". Para la Sala, el "objetivo de la inclusión de tales fotografías" "no tiene otro fin que la difusión pública de la alabanza" de esos etarras

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