El fiscal pide seis años para un empresario por tirar sosa cáustica al río Anoia durante 13 años
El ministerio público arremete contra la Generalitat por tolerar los vertidos
La Fiscalía de Medio Ambiente pidió ayer seis años de cárcel para el empresario que montó una empresa de fabricación de detergente en Gelida (Alt Penedès) y vertió directamente los contaminantes químicos en el cauce fluvial durante 13 años. Entre 1995 y 2008, Alejandro Boyer, responsable de la empresa Laboratorios Glower y acusado de delito medioambiental, trató los residuos tóxicos como si fueran aguas residuales domésticas: los lanzó al sistema de alcantarillado público que desemboca en el Anoia sin ningún sistema de tratamiento o depuración, y sin permiso medioambiental, detalló la fiscal en el juicio celebrado en la Audiencia de Barcelona.
El ministerio fiscal censuró, además, la actuación de la Generalitat por no zanjar el episodio contaminante tras descubrirlo en 1997. Ese año el Departamento de Medio Ambiente multó al empresario con 137.800 pesetas -unos 830 euros- por contaminar el río; en los años siguientes, sin embargo, ningún organismo del Gobierno catalán investigó ni denunció "ni el más evidente vertido ni los más que evidentes efectos contaminantes" que la empresa siguió causando al Anoia, se lamenta en el escrito de acusación.
Medio Ambiente no denunció "el más que evidente vertido", lamenta la acusación
La Generalitat tampoco se percató de que el imputado había falseado datos para obtener la licencia de actividad y asegurado que la empresa solo originaba aguas residuales sanitarias en el proceso de producción de jabón, incoherencia que la Administración tampoco detectó.
El empresario pagó la multa administrativa que le impuso el Departamento de Medio Ambiente, pero siguió vertiendo residuos al río, entre ellos sosa cáustica y carbonato sódico, sustancias corrosivas que a lo largo de los años causaron "la destrucción del bosque y la vegetación de la ribera" y "graves riesgos" para la fauna acuática de la zona, precisó la fiscal. En 2006, la Agencia Catalana del Agua requirió a la empresa que suprimiera cualquier tipo de vertido residual que pudiera afectar a las aguas fluviales, pero el laboratorio continuó su actividad hasta que en una investigación de los Mossos d'Esquadra se halló en el río una zona de aguas contaminadas que aparentemente procedían del laboratorio y remitió un informe a la fiscalía, que abrió diligencias contra el empresario. El agente que descubrió el vertido ilegal declaró al juez que en el cauce fluvial había unos 100 metros cuadrados de desechos líquidos de tono blanquecino, altos niveles de sedimentación de un producto residual jabonoso y un intenso olor a putrefacción. Las muestras de ese tramo fluvial arrojaron niveles de contaminación que "exceden en mucho los parámetros admisibles", según los peritos del Instituto Nacional de Toxicología. La defensa señaló que esa carga contaminante podía proceder de aguas residuales domésticas, posibilidad que los peritos descartaron porque los niveles eran "demasiado elevados".
El abogado defensor consideró exagerada la pena de cárcel y pidió la libre absolución del imputado por entender que no se han realizado suficientes análisis en el río Anoia que evidenciasen la contaminación que los vertidos provocaron en el cauce. La acusación, por su parte, insistió en reclamar un castigo ejemplar, dadas las agravantes de clandestinidad, desobediencia y falsedad en las que presuntamente incurrió el empresario. Por ello solicita también que el juez le imponga una multa de 32.400 euros y cuatro años y medio de inhabilitación para realizar actividades industriales.
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