La Audiencia rechaza la recusación contra la juez del 'caso Mercasevilla'
Mercedes Alaya seguirá investigando pese a que su marido auditó la empresa
La Audiencia de Sevilla ha rechazado la recusación contra la juez Mercedes Alaya en una parte del caso Mercasevilla que instruye. La Sala Séptima de la Audiencia ordena que la magistrada prosiga su investigación, a pesar de que su marido auditó la empresa municipal durante siete años, porque considera que este hecho no afecta a su debida imparcialidad para investigar. "Mercedes Alaya no tiene interés directo o indirecto en su resultado (...) no queda afectada su apariencia de imparcialidad tanto en su aspecto objetivo como en el subjetivo", reza el auto.
La Audiencia ha multado con 1.000 euros a la parte recusante, la ex directora económica de Mercasevilla, Pilar Giraldo, por actuar "de mala fe". Los magistrados Javier González, Juan Romeo, Esperanza Jiménez y Eloísa Gutiérrez censuran a Giraldo por entre otros motivos, acusar a Alaya de tener un "especial énfasis" para investigar la causa, y los jueces recuerdan que se envió a reparto y fue finalmente el juez decano sevillano el que decidió que Alaya investigara el asunto. "Se infiere la actuación absolutamente garantista y escrupulosa de la Ilma. Señora Magistrada", resaltan los jueces.
El tribunal multa a la parte recusante con 1.000 euros por actuar de "mala fe"
Hace un mes el abogado de Giraldo presentó la recusación porque el marido de Alaya, Jorge Castro, fue auditor de la empresa hasta junio de 2002, solo tres meses antes del inicio de la investigación y esto podrían afectar a su imparcialidad. A continuación, otras cinco partes se adhirieron, entre ellas la fiscalía. Solo el PP, que ejerce la acusación particular, se opuso a apartar a la juez de la parte del caso que investiga el supuesto delito societario en la empresa municipal. Ahora la Audiencia también rechaza la recusación.
El tribunal afirma que Alaya no pudo adquirir conocimientos extra-procesales sobre los hechos gracias al trabajo de auditor de su pareja. "No debe olvidarse la amplia trayectoria de la instructora no solo en materia civil sino en materia penal en la que es más que probable que haya tenido que ver y examinar documentos contables y periciales contables", subraya.
El abogado recusante explicaba que la investigación podría retrotraerse al ejercicio 2001 auditado por Castro, pero los jueces rechazan esta posibilidad porque "no existe el más mínimo atisbo". La Audiencia rechaza punto por punto la recusación presentada por Giraldo y asegura que "lo único acreditado" es que Castro fue empleado de la empresa que realizó la auditoría externa de Mercasevilla.
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