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Indemnización de 30.000 euros para un hombre absuelto tras 170 días en prisión

El Tribunal Supremo ha fijado en 30.000 euros la indemnización para un hombre que pasó 170 días en prisión preventiva y luego resultó absuelto. Fue a la cárcel como presunto autor de un delito contra la salud pública y, ya en el juicio, la fiscalía retiró la acusación y la Audiencia de Valencia le absolvió. Esto sucedió en 2001. En 2006, Alfonso N. recurrió una resolución de la Audiencia Nacional en la que se le denegaba la indemnización que ahora estima el Supremo.

La policía había encontrado lidocaína (un anestésico) en el almacén de salazones de Alfonso N. El 1 de abril de 1996, un juzgado de Alzira, en Valencia, decretó la prisión provisional para Alfonso N., que estuvo en la cárcel hasta el 17 de septiembre de ese año. En 2001, la Audiencia provincial de Valencia le absuelve.

En 2006, la Audiencia Nacional había rechazado indemnizar a Alfonso N. al considerar que fue absuelto por falta de pruebas, y no porque no hubiera delito. El Supremo concluye ahora que la retirada de la acusación del Ministerio Fiscal supone "que este admite la irrelevancia penal del comportamiento del imputado".

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