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1.040 años de cárcel para los autores del atentado de la T-4

La reparación por los dos asesinatos se fija en 1,2 millones

Mónica Ceberio Belaza

El atentado de la T-4 en el aeropuerto de Barajas (Madrid) con el que ETA rompió su última tregua el 30 de diciembre de 2006 y que causó la muerte de los ecuatorianos Diego Armando Estacio y Carlos Alonso Palate, de 19 y 34 años, tiene ya autoría judicial: los etarras Mattin Sarasola, Igor Portu y Mikel San Sebastián. La Audiencia Nacional condenó ayer a 1.040 años de cárcel a cada uno, aunque el cumplimiento efectivo no superará los 40. Los condenados tendrán que pagar 2,5 millones de euros, como indemnización, a los heridos en el atentado y a los familiares de los dos fallecidos (700.000 euros para los de Diego Armando Estacio y 500.000 para los de Palate).

Las principales pruebas valoradas por el tribunal han sido la declaración ante la Guardia Civil de Sarasola, que involucró a Portu y a San Sebastián y que relató -con detalles que luego han sido contrastados- cómo se preparó y ejecutó el atentado; un vídeo en el que se ve en la T-4 un individuo que no queda identificado pero que tiene la misma complexión y altura que Sarasola y que coincide con su descripción; y el aviso telefónico de la colocación de la bomba, que los magistrados atribuyen a Igor Portu.

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Portu y Sarasola, según la sentencia dictada por los magistrados Alfonso Guevara, Guillermo Ruiz Polanco y María Ángeles Barreiro, formaban parte desde 2002 del comando legal Goiztiarrak (los madrugadores) de la banda terrorista y en mayo de 2004 constituyeron Elurra (nieve) junto a Mikel San Sebastian. En septiembre de 2006, aún vigente el alto el fuego, el entonces número uno de ETA, Garikoitz Aspiazu, Txeroki, y su lugarteniente, Joseba Aranibar (ambos procesados en la causa y pendientes de enjuiciamiento por estar en rebeldía), los citaron en el monte Auza (Navarra) para darles instrucciones precisas sobre el atentado. Hicieron dos viajes a Madrid para prepararlo.

El 27 de diciembre robaron la que iba a ser su furgoneta bomba en Luz Ardiden (Francia), retuvieron durante dos días y medio al dueño y el 29 emprendieron viaje a Madrid cada uno en un vehículo: la furgoneta, un coche y una moto. Sarasola fue quien dejó la furgoneta con la carga explosiva en el aparcamiento de la T-4. Después, con una peluca una gorra y una mascarilla en la nariz, salió de allí. Cogió un taxi y marchó al encuentro de Portu. Se reunieron con San Sebastián y volvieron a Navarra.

Desde allí Portu fue a San Sebastián para avisar de la colocación de la bomba. Llamó a las 7.53 horas del 30 de diciembre a la central de la DYA en San Sebastián. Tres minutos más tarde telefoneó al Parque de Bomberos de Madrid. Media hora después avisó a la central SOS/DEIAK de San Sebastián y al diario Gara. A las 8.45 los servicios de seguridad del aeropuerto y la policía encontraron la furgoneta. Comenzaron el desalojo, pero a las 8.59 explotó el vehículo. Palate y Estacio, dos inmigrantes ecuatorianos, seguían allí. Se habían quedado a dormir en sus coches.

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Confesión "libre" o bajo tortura

La principal prueba contra los etarras ha sido la declaración ante la Guardia Civil de uno de ellos, Mattin Sarasola. Pero el etarra, junto a Igor Portu, denunció después por torturas a 15 guardias civiles que participaron en su detención, el 6 de enero de 2008, en Arrasate (Guipúzcoa). El Juzgado de Instrucción número 1 de San Sebastián abrió un procedimiento penal por estos hechos. Aún no tiene sentencia pero está en fase de juicio oral en la Audiencia Provincial de Guipúzcoa.

El fiscal de ese proceso pide penas de hasta tres años de prisión para cuatro de los guardias civiles por torturas y acusa a otros seis de faltas de lesiones. El fiscal describe puñetazos, patadas y amenazas por parte de los agentes. Portu pasó tres días en la UCI "por la gravedad de sus lesiones".

Los jueces de la Audiencia Nacional, que admiten que había erosiones y contusiones en el cuerpo de Sarasola según los informes forenses, dan por válida su autoinculpación sobre el atentado. Argumentan que las detenciones fueron "violentas" por la resistencia e intento de huida de Portu y Sarasola. Y resaltan que "las alegaciones de tortura son habituales" entre los terroristas.

La sentencia defiende que, incluso si la Audiencia de Guipúzcoa condenara a los agentes, lo que ocurriera el día de la detención (6 de enero de 2008) "no guarda relación natural ni jurídica con la declaración de Sarasola en la Dirección General de la Guardia Civil [los días 7, 8 y 9, en Madrid]". "Sarasola verificó sus declaraciones de forma libre y voluntaria", concluye.

Si finalmente hubiera alguna condena por torturas, la última palabra sobre si las declaraciones de Sarasola son válidas como prueba la tendrá el Tribunal Supremo, ante el que previsiblemente acabará el caso.

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Sobre la firma

Mónica Ceberio Belaza
Reportera y coordinadora de proyectos especiales. Ex directora adjunta de EL PAÍS. Especializada en temas sociales, contó en exclusiva los encuentros entre presos de ETA y sus víctimas. Premio Ortega y Gasset 2014 por 'En la calle, una historia de desahucios' y del Ministerio de Igualdad en 2009 por la serie sobre trata ‘La esclavitud invisible’.

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