El listón del 1% de afiliados
Las asociaciones profesionales formarán parte del nuevo Consejo de Personal, presidido por el subsecretario de Defensa; entre sus competencias estará la de "analizar y aprobar las propuestas o sugerencias referidas a materias relacionadas con la condición militar, el ejercicio de los derechos y libertades, y el régimen de personal y condiciones de vida y trabajo en las unidades". A través del Consejo, las asociaciones podrán "contribuir por medio de informes o consultas" a la elaboración de normas sobre estas materias.
Excluida la celebración de elecciones, el criterio para que una asociación forme parte del Consejo será su número de afiliados. Tendrán un representante aquéllas que agrupen al menos al 1% de los miembros de las Fuerzas Armadas (es decir, 1.334 militares, sin contar los que están en la reserva), al 3% de los oficiales (552) o subficiales (870), y al 1,5% de los soldados y marineros (1.290). Consciente de la escasa afiliación de los militares, el Consejo de Ministros podrá reducir estos porcentajes. Cada año las asociaciones deberán "certificar" su número de afiliados.
Las unidades dispondrán de tablones de anuncios para las asociaciones, y se les facilitará el acceso a la intranet. Las delegaciones provinciales del ministerio les facilitarán, "en la medida de lo posible", locales para sus actividades. Los representantes de las asociaciones no dispondrán de horas sindicales, como en la Guardia Civil, pero "serán protegidos ante discriminaciones en su promoción profesional". El Ministerio de Defensa podrá denegar la inscripción de una asociación en el registro o solicitar al juez su disolución cuando estime que vulnera la ley.
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