La pesadilla de Google
Europa investiga su conducta mercantil y un tribunal italiano dicta una polémica sentencia
No sería de extrañar que los directivos de Google pensaran que Europa es un terreno hostil y tuvieran pesadillas a su costa. Los editores de libros y medios de comunicación se resisten a sus planes de digitalizar libros y explotación de las noticias; en Suiza y Alemania vigilan Street View por si atenta a la privacidad; los dirigentes de algunas de las principales operadoras reclaman que los servicios que generan más tráfico en Internet, como el suyo, colaboren a costear el despliegue de redes... Y esta semana, la Unión Europea ha abierto una investigación sobre sus prácticas comerciales, a la vez que un tribunal italiano condena a tres de sus ejecutivos porque Google había albergado un vídeo vejatorio para un escolar autista.
La iniciativa de la UE es plenamente lógica. Algunas compañías habían denunciado que Google abusa de su posición dominante en las búsquedas y la publicidad asociada a las mismas, por lo que ha decidido abrir una investigación para comprobar las acusaciones. Y debe hacerlo aunque algunas de las empresas denunciantes estén vinculadas a Microsoft, firma, por cierto, que ya conoce el rigor europeo en la vigilancia de las conductas mercantiles. La dimensión planetaria de Google y su despliegue de actividades en distintos sectores lo convierten en un sujeto predominante del planeta digital y sus conductas deben ser monitorizadas por el poder público.
Menos claro es el asunto de la sentencia italiana sobre la difusión del vídeo en el que se podía ver cómo cuatro jóvenes asaltaban y vejaban a un colega en una orgía de gestos fascistas y ante la mirada impasible de otros compañeros. Sin que se conozca el argumentario del juez, y al margen de calibrar si hubo, o no, la suficiente diligencia por parte de los directivos a la hora de descolgar el vídeo, la sentencia abre la puerta a una revisión de cómo se contempla la responsabilidad de los proveedores de servicios sobre los contenidos de terceros que albergan.
La Comisión Europea ya ha comunicado que "sigue de cerca" la evolución judicial del caso por si llega a suponer una vulneración de la normativa europea. Los proveedores de servicios no están obligados a visar previamente los contenidos ajenos que albergan, tarea imposible, y no serán responsables de los mismos mientras no tengan "conocimiento efectivo" de que hospedan una actividad ilícita o que lesiona derechos. Forzarlos a una vigilancia preventiva supondría la parálisis de Internet.
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