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El CGPJ da la razón al juez Bermúdez por no aceptar el uso del velo

La abogada musulmana Zoubida Barik elevó una queja disciplinaria al Consejo General del Poder Judicial porque el magistrado de la Audiencia Nacional Javier Gómez Bermúdez no le había permitido permanecer en los estrados, en un juicio, porque llevaba un pañuelo que le cubría el pelo. La letrada afirmó que no le había sucedido con anterioridad nada semejante en ningún juzgado. La comisión disciplinaria del CGPJ ha decidido por unanimidad archivar el caso (que de cualquier forma está ya en manos del Tribunal Supremo, que tendrá que decidir al respecto en un proceso de vulneración de derechos fundamentales). Considera que Gómez Bermúdez actuó en el ejercicio de su competencia como presidente del tribunal.

El magistrado alegó que sus razones no fueron de carácter religioso. Afirma que la normativa aplicable sólo permite una prenda en la cabeza: el birrete. Se basó en el artículo 37 del Estatuto General de la Abogacía, que obliga a los abogados a vestir toga y "potestativamente" birrete al presentarse ante un tribunal. De esa norma el magistrado deduce que "la regla es que no pueden llevarse prendas de cabeza, de ahí que tenga que mencionar expresamente el birrete".

El abogado de Barik, José Luis Mazón, afirma que "es falso que ese artículo del Estatuto de la Abogacía prohíba el pañuelo islámico o permita sólo el birrete; eso se lo inventa el juez Bermúdez, que lo interpreta bajo el signo de la intolerancia y la inconstitucionalidad". "Los jueces de Ceuta y Melilla permiten el pañuelo a las abogadas y los de Madrid no ponen pegas a Zoubida", concluye. "Espero que el Supremo condene por violación de derechos fundamentales".

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