75.000 euros de indemnización por pasar 15 meses de cárcel sin pruebas
El Tribunal Supremo ha condenado al Ministerio de Justicia a indemnizar con 75.000 euros a un hombre que estuvo encarcelado un año y tres meses por unos delitos de los que fue absuelto después de celebrarse el juicio. F. R. R. entró en prisión preventiva en 1998, acusado de agresión sexual, detención ilegal y lesiones, contra un menor, con el que pasó el día hasta que los encontraron.
El chico se había escapado de casa, y la madre lo encontró con el acusado, pero cuando se celebró el juicio, en 2001, la Audiencia Provincial de Madrid no halló pruebas suficientes para los delitos que se le imputaban y lo dejó en libertad. Para entonces, habían pasado 15 meses de prisión preventiva para el imputado.
Aunque el acusado había pasado el día con el menor, de 13 años entonces, al que se encontró en una discoteca, aunque ambos habían ido a coger setas juntos y después a distintos establecimientos de la localidad, no había, "siquiera indicios" de los delitos que se le imputaban. El tribunal señaló además que las declaraciones del joven, considerado un chaval "conflictivo", fueron "contradictorias" y que su actitud era "incompatible con la reacción natural de una persona sujeta a una lesión sexual violenta".
Perder el trabajo
Pero los meses en prisión no pasaron en balde para el acusado, que perdió su trabajo y afectaron su vida privada: perdió amistades y la historia le costó la separación de su mujer y el rechazo de sus hijos. Con esos argumentos recurrió ante la Audiencia Nacional la negativa del Ministerio de Justicia de compensarle con una indemnización. Solicitaba una compensación económica por estos daños sufridos. Pero la Audiencia Nacional estimó que la sentencia absolutoria se debía a la falta de pruebas y no a un error judicial, único supuesto para concederle la indemnización. Sin embargo, el Tribunal Supremo entiende ahora que no ha existido ninguna infracción, por tanto, demostrada "la inexistencia" de los hechos por los que se le ingresó en prisión.
El procesado pedía casi 600.000 euros por los daños que, a su juicio, le habían causado, pero el Supremo considera que, dada "la edad, las circunstancias laborales y familiares, así como el daño moral sufrido" es suficiente esa cantidad.
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