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El Supremo avala la inspección del Pazo de Meirás

La inspección del Pazo de Meirás, que la Xunta acometió el 30 de agosto de 2007 para comprobar el estado de una propiedad patrimonio de Galicia, fue legal. El Tribunal Supremo avala la histórica visita de tres técnicos de la consellería de Cultura que supuso la entrada por primera vez del poder civil en el pazo donado a Franco y sufragado con dinero público en plena Guerra Civil. No obstante, por primera vez en el litigio emprendido hace dos años y medio por los herederos del dictador contra el Gobierno gallego, los Franco obtienen una pequeña victoria judicial: el Supremo suspende el "reportaje fotográfico completo" que la Xunta, con autorización del Tribunal Superior de Xustiza, realizó durante la inspección.

Unas imágenes que están guardadas bajo llave puesto que, por resolución judicial, ya se había impuesto que no se difundieran cuando se puso a disposición del público el expediente por el que, en diciembre de 2008, el Ejecutivo gallego declaró el pazo Bien de Interés Cultural. Una declaración también recurrida por los Franco en los tribunales dado que implica, además de obligaciones y ayudas para la conservación del inmueble, su apertura al público cuatro días al mes.

A la espera de una sentencia firme, el Supremo aceptó parcialmente el recurso de casación de los Franco sobre la inspección del pazo y les da la razón al considerar que ese "reportaje fotográfico completo es una generalidad incompatible con la protección del derecho a la intimidad". Supone, añade el fallo, contravenir la doctrina constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre la protección del domicilio.

Inspección legal

Pero es la única pega del alto tribunal. Rechaza los argumentos de los Franco que alegaron que la inspección de la Xunta, atentaba contra sus derechos fundamentales de intimidad e inviolabilidad del domicilio. El Supremo, aunque critica que el tribunal gallego no dictara medidas cautelares más restrictivas, considera que la inspección se ajustó a la legalidad. Tras destacar que el pazo de Meirás no es domicilio habitual de los Franco, sino sólo "en periodos determinados", la sala considera que no se violaron sus derechos.

La Consellería de Cultura está a la espera de un informe que determine si el recurso judicial de los Franco contra la declaración BIC puede suspender su aplicación y demorar la apertura al público de la propiedad. Este misma alegación ya fue rechazada en primera instancia por el Tribunal Superior de Galicia.

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