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El Consell Jurídic Consultiu critica la ley antiaborto por imprecisa

El órgano consultivo censura la abundancia de "declaraciones programáticas"

La ley antiaborto impulsada por el vicepresidente del Consell, Juan Cotino, peca de falta de precisión y de un exceso de declaraciones de voluntad. En un dictamen nada complaciente, el Consell Jurídic Consultiu carga contra el anteproyecto de Ley de Protección de la Maternidad, la respuesta de la Generalitat a la ley de reforma del aborto del Gobierno, al considerar que muchos de sus preceptos "contienen declaraciones programáticas impropias de una ley".

"Es comprensible que tal tipo de declaraciones se hagan en los programas y planes de protección a la maternidad, en el código de buenas prácticas" que se prevé desarrollar, "o en la propia parte expositiva de la norma, pero no es conveniente que se inserten en la ley, porque están necesitadas de ulterior desarrollo legislativo", señala el órgano consultivo. El CJC se refiere al abuso de expresiones de que la Generalitat "velará, facilitará, garantizará, promoverá" o términos similares. Como en el artículo 4º, donde se indica que "se promoverá las condiciones necesarias y la correcta adecuación de la prestación de los servicios sociales para que los principios reconocidos en la ley sean objeto de una aplicación real y efectiva". O el 8º, que recoge que la Generalitat "promoverá mecanismos específicos e instrumentos de coordinación interadministrativa".

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El Consell Jurídic, pese a dictaminar a favor de la tramitación del texto, advierte al Consell de que, para la eficacia de todos estos artículos, "necesitarán de normativa o actuación administrativa que los desarrolle". Y reprende a los autores del texto al señalar que la ley "debería limitarse a los preceptos de carácter prescriptivo que constituyen el contenido propio de las normas".

Además, la falta de concreción se extiende a otros apartados, como el artículo 16.1º, donde "deberían especificarse los plazos para la realización por losa centros de Atención a la maternidad de la valoración de las circunstancias socioeconómicas" de las gestantes. O al artículo 2º, donde es confuso "el ámbito de aplicación de la norma".

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A pesar de que el informe ha sido aprobado por unanimidad, existe un voto concurrente planteado por la consejera Ana María Castellano. En él expone su disconformidad con el uso de la expresión "derecho a la vida en formación" al considerar que "no es el más adecuado" jurídicamente. Castellano sostiene que sería más adecuado referirse al concepto de "nasciturus como un buen jurídico protegido constitucionalmente", es decir, el concebido y no nacido al que la legislación reconoce determinados derechos.

Desde el comienzo del trayecto de esta ley, enmarcada en el Programa +Vida que lanzó Cotino a finales del año pasado, tanto la norma como todas las iniciativas que han nacido en su órbita han estado cargadas de una fuerte dosis de ideología. No sólo con alusiones a la defensa de la vida en formación. En abril, la Consejería de Bienestar Social publicó una orden de ayudas dotada de 100.000 euros abierta para aquellas entidades que recogieran en sus estatutos "como fin primordial" no sólo garantizar y proteger "el derecho a la vida en formación", sino que se defendiera también "la creación de una cultura de vida". La actividad de estas organizaciones debía estar orientada a "la protección de las madres gestantes que estén decididas a tener a su hijo, así como la protección de la familia". Y las asociaciones debían de ser capaces de ofrecer a las embarazadas "soluciones a los cambios vitales que les supondrá ser madres".

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