Multas a 46 inmobiliarias por vulnerar derechos del consumidor
El Gobierno catalán aplica sanciones que suman 320.800 euros
Hay contratos de compraventa de viviendas que obligan a subrogar las hipotecas subrogadas previamente, contratos de venta sobre plano en los que la promotora se arroga la potestad de cambiar las características del piso en cuestión y otros en los que se traslada al comprador el pago de todos los impuestos derivados de las transacción. Son cláusulas abusivas en todos los casos, que vulneran los derechos de los consumidores y, por tanto, son motivo de multa. Inquieto por las malas prácticas en que puede derivar la mayor presión de las inmobiliarias para vender, el Gobierno catalán ha sancionado con 320.800 euros a 46 promotoras y constructras en Cataluña por estas y otras infracciones cometidas en 2008.
Además de los casos comentados, las malas prácticas incluyen el incumplimiento del deber de información y el mal uso de las cantidades pagadas por los compradores como adelanto. El expediente sancionador más elevado asciende a 20.200 euros, según la Agencia Catalana de Consumo, que en 2008 lanzó la primera campaña específica sobre el mercado de la vivienda. Su temor eran las consecuencias de la mayor presión para vender, ya que, con el actual ritmo de ventas de pisos, una promoción tarda en venderse en Cataluña una media de 41 meses, y en Barcelona ciudad, peor: 53, según los datos del Departamento de Medio Ambiente y Vivienda. Pero las cuantías totales de las multas no difieren mucho, pese a la crisis, de las aplicadas en campañas globales realizadas en años anteriores.
Entre las 75 empresas visitadas, las cláusulas abusivas han supuesto el principal incumplimiento, con un volumen de multas de 194.300 euros, según el director de la agencia, Jordi Anguera. El segundo gran motivo de infracción, que ha supuesto sanciones de 79.400 euros, es la falta de información.
Cuándo termina la obra
Los compradores de una vivienda tiene derecho a saber cuándo empiezan las obras de su piso, cuándo terminan y en qué momento están, además de si se trata de obra nueva o de vivienda de segunda mano. "Hemos encontrado casos en que se daba por nueva una vivienda que no lo era", explica Anguera.
Las promotoras también han pecado con el uso del dinero que adelantan los compradores de pisos. Cuando el futuro propietario de una vivienda empieza a avanzar cantidades, la ley establece que la señal debe depositarse en una cuenta especial, que el comprador debe conocer, y sólo se pueden utilizar dichas cantidades para la obra en cuestión.
Además deben estar avaladas y garantizadas, de forma que en caso de que la promotora acabe en un consurso de acreedores (es decir, que suspenda pagos, como ha ocurrido con una larga lista de empresas del ladrillo en el último año), las aportaciones de los clientes estén aseguradas. Un total de 20 de las compañías inspeccionadas no había cumplido con esta obligación el año pasado, lo que supuso multas de 29.300 euros.
Desde que estalló la crisis, los teléfonos de la Agencia Catalana de Consumo echan humo. Entre el último trimestre de 2007 y el de 2008 las consultas de los consumidores se dispararon el 34%. Y eso en un año en que no ha habido un conflicto particular, como el gran apagón de Barcelona en 2007 o el cese de actividad de Air Madrid a finales de 2006. El grueso de las consultas tiene que ver con el mercado inmobiliario y sus derivadas, como las comisiones y las hipotecas.
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