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Columna
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Ideas para una reforma electoral

El Consejo de Estado acaba de responder a la petición del Gobierno para que informase sobre las propuestas de reforma del actual régimen electoral planteadas por las fuerzas políticas y por la doctrina académica en los últimos cinco años. El extenso, riguroso y documentado trabajo presta atención al ajuste constitucional y a la funcionalidad de esas sugerencias para el conjunto del sistema político.

Las líneas básicas del régimen electoral fueron sentadas por el decreto ley de 18 de marzo de 1977 del Gobierno de Adolfo Suárez, promulgado para regular los primeros comicios democráticos celebrados en España desde 1936. Esta decisión en teoría provisional dictada desde arriba -tras conversaciones con los representantes todavía alegales de la oposición- quedaría luego legitimada con los óleos del consenso. La Constitución de 1978 recogió los principios inspiradores del texto y la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) de 19 de junio de 1985 mantuvo en pie sus paredes maestras. Los retoques, de importancia menor, han afectado únicamente a cuestiones laterales: desde el voto por correo y el censo electoral hasta la paridad de género en las listas y el sufragio pasivo de los europeos en las municipales.

Los retoques, de importancia menor, han afectado únicamente a cuestiones laterales

La notable estabilidad del procedimiento ideado durante la transición para sustituir con urgencia por un verdadero Parlamento democrático el ridículo simulacro -entre medieval y fascista- de las Cortes franquistas descansa sobre su capacidad probada para satisfacer a quienes han llegado al poder gracias a sus reglas o esperan conquistarlo en un inmediato futuro: los dos grandes partidos de ámbito estatal y las dos formaciones nacionalistas mayoritarias en Cataluña y el País Vasco. Por el contrario, los grupos minoritarios suelen denunciar la perjudicial traducción de su representación política en diputados. La igualdad de los sufragios depositados por los ciudadanos en cualquier colegio electoral y la proporcionalidad derivada de la conversión paritaria de los votos en escaños son los ejes principales de la polémica entre adversarios y defensores de la LOREG. La desigualdad demográfica entre las provincias, convertidas por la Constitución en circunscripciones electorales forzosas, y la fijación de dos escaños mínimos provinciales por la LOREG, no sólo fomentan la desigualdad del sufragio en perjuicio de los territorios más poblados sino que sesga la proporcionalidad en un sentido contradictoriamente mayoritario.

Pese a los elogios del presidente del Gobierno a la democracia deliberativa como estadio superior del régimen representativo, es improbable que las razones de equidad invocadas por las minorías basten para que las mayorías sacrifiquen voluntariamente sus intereses particularistas. El Informe del Consejo de Estado, que acepta como marco de análisis la renuncia a la reforma de la Constitución, no debe ser leído como un dictamen de parte en el debate entre fuerzas políticas, ni tampoco como un laudo arbitral en ese conflicto. La red protectora tendida por los partidos mayoritarios de ámbito estatal o autonómico para proteger las ventajas inerciales conseguidas al amparo de la LOREG puede dejar pasar por esa malla las reformas técnicas. Sería ilusorio esperar, en cambio, que cediera en asuntos donde se juegan la hegemonía.

El Informe del Consejo se ocupa del posible reforzamiento del poder de los electores a través de las listas desbloqueadas y abiertas. También presta atención al número y el tamaño de las circunscripciones para las elecciones europeas. Tanto el voto en los comicios locales de los inmigrantes ajenos a la Unión Europea como el sufragio en todas las convocatorias de los españoles residentes en el extranjero plantean problemas de orden constitucional. La designación como alcalde del cabeza de la lista más votada atentaría contra la proporcionalidad.

Las navajas de los dos grandes partidos de ámbito estatal seguramente brillarán al sol cuando los grupos minoritarios presenten sus propuestas para reducir la desigualdad de sufragio entre los ciudadanos en función de su empadronamiento provincial y para mejorar su representatividad parlamentaria como partidos mediante la transformación de votos en escaños. Pero la resistencia del PSOE y del PP a aceptar tanto la disminución a un solo escaño del mínimo asignado a las circunscripciones provinciales con independencia de su población, como la ampliación del número de miembros del Congreso hasta 400 diputados -dos modificaciones que no necesitarían la reforma de la Constitución exigidas por otras medidas- dejaría al descubierto la flojera de los raciocinios y la dureza de las ambiciones de los dos partidos que suman hoy día más de las cuatro quintas partes de las Cortes Generales.

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