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Un juez avala que haya 'euskaldunes' y mujeres en cada grupo de la Ertzaintza

Erne acusa a Balza de "mentir" por decir que su protesta bloquea el convenio

La puesta en marcha de manera unilateral en diciembre de 2007 de los grupos policiales de Seguridad Ciudadana sigue enfrentando a Interior con el principal sindicato de la Ertzaintza, Erne. El juez de lo Contencioso Administrativo número 3 de Bilbao ha avalado en una sentencia fechada el pasado 12 de diciembre los cambios de grupo para asegurar que haya al menos una mujer y un agente euskaldun en cada uno de ellos.

Tanto la central recurrente como la Fiscalía, que había informado en contra de los argumentos esgrimidos por Interior, veían en la medida una falta de proporcionalidad y una lesión del derecho constitucional a la igualdad, además de una discriminación entre los ertzainas. El titular del juzgado, Óscar Martínez Asteinza, rechaza ahora todos esos argumentos.

El juez aprecia que no existe ningún tipo de discriminación

Interior difundió ayer extractos de la sentencia, recordando que los cambios de grupo fueron el "principal obstáculo" que puso Erne para negociar el convenio en la policía vasca. La resolución "deja en evidencia una estrategia sindical insensata que elude sus obligaciones" con los agentes, señala el departamento.

Erne replicó acusando a la consejería que dirige Javier Balza de "mentir y manipular", ya que este sindicato está negociando el convenio desde junio pasado. El motivo por el que no se ha alcanzado acuerdo alguno es la "falta absoluta de contenidos" planteados por Interior en la mesa de negociación, según la versión de la central. "Si quieren negociar con mayúsculas ya saben dónde nos tienen. Si lo que quieren es vincular actividad sindical a política, que miren en su despensa", recalcó el sindicato, que recurrirá el fallo al Superior.

El juez no aprecia discriminación por ningún lado, ya que no se "relega ni posterga" a ningún agente con esos cambios. Más bien, pretenden "poner en valor" el conocimiento lingüístico y la condición de mujer de las agentes "en orden a una mejor atención al ciudadano en una compleja y cambiante realidad social que cada vez reclama más y mejores -por especializadas- atenciones".

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La Fiscalía, que también recurrirá la sentencia, había considerado que no existe ninguna "desprotección" a la víctima de un delito de violencia conyugal porque no sea atendida al denunciar los hechos por una ertzaina. Por ello pidió, sin éxito, a la juez que suspendiese cautelarmente la orden de Interior. En el caso del conocimiento del idioma, el fiscal Luis Lafont aducía también que todos los ciudadanos deben saber castellano y "no consta que las dificultades de expresión en castellano hayan supuesto en algún caso un problema para que un ciudadano" pueda denunciar un delito.

Erne recordaba además que la medida se había adoptado sin previa negociación con los sindicatos, vulnerando así el convenio vigente. La decisión fue aprobada por el director de la Ertzaintza, Jon Uriarte, el 27 de diciembre de 2007 y comunicada verbalmente cuatro días después a un agente euskaldun destinado en Gernika y el 8 de enero de 2008 a una ertzaina de Bilbao. Ambos la recurrieron. El fiscal apuntó que, al no haber sido negociada con las centrales, la "situación perjudicial particular se agrava", y las órdenes verbales por las que informó a los recurrentes eran, cuando menos, "imprevisibles o extraordinarias".

El juez apunta ahora que "no existe un derecho absoluto" de los recurrentes a "congelar su situación laboral". Y añade que "las consideraciones de índole general gozan de una clara prevalencia sobre las de orden meramente informal, como la pérdida de contacto con los compañeros y la posibilidad de trasladarse con los mismos, que no sólo son susceptibles de regeneración sino que, en todo caso, se producen sin merma acreditada de derechos". El fiscal apuntaba que debía prevalecer el interés particular de los recurrentes por los "trastornos inherentes a todo traslado" y, "sobre todo, por el carácter sorpresivo".

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