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Multas por cobro excesivo de derechos de autor en TV

La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha impuesto a las entidades de gestión de derechos de autor AGEDI y AIE multas de 815.000 y 615.000 euros, respectivamente, al considerar acreditado que abusaron de su posición dominante en el mercado de gestión de derechos de propiedad intelectual de los productores de fonogramas y de los artistas intérpretes o ejecutantes musicales en España.

Esta resolución es consecuencia de la denuncia presentada en octubre de 2006 ante el Servicio de Defensa de la Competencia por Sogecable, Canal Satélite Digital y Distribuidora de Televisión Digital (DTS). En ella se imputaba a la Asociación de Gestión de Derechos Intelectuales (AGEDI) y a Artistas Intérpretes o Ejecutantes Sociedad de Gestión (AIE) supuestas conductas prohibidas por la Ley de Defensa de la Competencia y por el Tratado de la Unión Europea.

Esas supuestas conductas prohibidas consistían en exigir a las empresas denunciantes, por el uso de los fonogramas cuya titularidad gestionan, el pago de unas tarifas manifiestamente más elevadas que las exigidas a TVE entre 1990 y 2002. Posteriormente, en marzo de 2007, la denuncia de discriminación se amplió en relación a los otros operadores de televisión de pago, que habrían recibido de parte de AGEDI / AIE "ofertas mucho más beneficiosas que las ofrecidas a Sogecable", dice el comunicado.

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