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Análisis:
Análisis
Exposición didáctica de ideas, conjeturas o hipótesis, a partir de unos hechos de actualidad comprobados —no necesariamente del día— que se reflejan en el propio texto. Excluye los juicios de valor y se aproxima más al género de opinión, pero se diferencia de él en que no juzga ni pronostica, sino que sólo formula hipótesis, ofrece explicaciones argumentadas y pone en relación datos dispersos

Atrápame ese tipo

El espectáculo dura ya más de un año. Me refiero al que protagoniza el Gobierno foral de Guipúzcoa, formado por el PNV y Eusko Alkartasuna, sobre el tema del tipo del Impuesto de Sociedades, el tributo que pagan las empresas por sus beneficios. Un papelón que muestra hasta qué extremos puede llegar el particularismo, el afán de hacer valer la postura propia por encima de todo.

La función es un rosario de desbarres. Las tres diputaciones y el Gobierno vasco, después de varios reveses judiciales, acuerdan en 2007 situar en el 28% el tipo general del Impuesto de Sociedades, lo que se aprueba en las Juntas Generales de Vizcaya y Álava con el respaldo del PP. En Guipúzcoa, sin embargo, EA no acepta secundar a su socio mayoritario y, sacando su vis izquierdista, se planta en el 30%. Además, como de Lizarra a esta parte los gobiernos en Euskadi no se forman atendiendo a programas o mayorías, sino mirando la afinidad ideológica de los partidos integrantes, el PNV de Egibar y Markel Olano no pueden rebajarse a recurrir al Partido Popular para que les ayude a sacar el tipo armonizado. Sucede así que, a finales de diciembre pasado, para evitar que los empresarios guipuzcoanos tengan que pagar el 32,6% de sus ganancias (el tipo anterior) frente al 28% de los alaveses y vizcaínos, Olano, prescindiendo de sus socios de gobierno (que además tienen la cartera de Hacienda), impone por decreto ese gravamen.

La salida es de nota: para armonizar el tipo, se desarmonizan tres impuestos
Del estropicio guipuzcoano aflora el manoseo que se ha hecho del Concierto

Lo más insólito de esta actuación, que ofende todas las reglas de la coherencia y los procedimientos jurídicos, es que el pacto de gobierno resulta ileso; el poder es el poder. EA se enfada mucho con su socio, pero nada más. Sin embargo, la ilegalidad del decretazo es flagrante y, para más penitencia, no puede ser convalidado en las Juntas Generales por falta de mayoría. Sólo ha servido para ganar tiempo a la espera de que el socio minoritario entre en razón con las presiones del empresariado y otras fuerzas vivas. Mas en política el verbo "rectificar" no se conjuga en seco. Después de meses de tira y afloja, y en atención a la crisis, EA se aviene al 28% en el Impuesto de Sociedades, pero sólo si va acompañando con otras deducciones y retoques que afectarían también a los impuestos de patrimonio y de la renta.

La salida es de nota: para armonizar un aspecto de un tributo, se desarmonizan tres impuestos, y para camuflar la envainada puntual se reclama a los demás territorios una reforma general del sistema impositivo. Con el agravante de que, a dos meses de que se cierre el ejercicio fiscal, tampoco hay seguridad de que el 28% salga adelante en las Juntas Generales. Como cabe imaginar, Álava y Vizcaya le han dicho a la diputación hermana que ya estudiarán su propuesta (traducido, que no les meta en líos para salir del suyo). Aunque lo más notable ha sido escuchar al diputado general de Guipúzcoa, después de todo lo acontecido, calificar de "ejercicio de responsabilidad" la última decisión sobre el asunto del Consejo de Diputados. Eso, y apelar ahora a la sensatez y altura de miras de los grupos de la oposición.

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El espectáculo no ha terminado, aunque ha tenido algunas consecuencias positivas. Ha puesto en valor la armonización fiscal, tan encarecida dentro de la comunidad autónoma como desdeñada en relación con el resto de España. Si gracias al Concierto Económico existe capacidad normativa en materia de tributos y ésta corresponde a cada uno de los territorios forales, ¿por qué es bueno que el tipo del Impuesto de Sociedades en Euskadi sea por sistema distinto (más bajo) al de territorio común y resulta una catástrofe que esa misma diferencia impositiva se dé entre una provincia y otra? Nadie ha dado todavía una explicación razonada de esta asimetría. No obstante, los principios de "coordinación, armonización fiscal y colaboración mutua" recogidos en la Ley del Concierto Económico rigen tanto interna como externamente: para las relaciones de las instituciones forales entre sí y para las de éstas con la Administración central.

Del estropicio guipuzcoano aflora asimismo el manoseo que se ha hecho del Concierto, reduciéndolo interesadamente a una mínima parte de lo que realmente supone (desde luego, lo que Cataluña y otras comunidades envidian de él no es precisamente la capacidad de bajar dos o tres puntos la presión fiscal a los empresarios). Y lo sucedido confirma que la religión del agravio tiene más adeptos que la de la responsabilidad. No hace siquiera un mes, todas las instituciones y partidos saludaban alborozados el "espaldarazo" que la Unión Europea había dado a esa parte del Concierto Económico que algunos pretenden presentar como el todo y reclamaban hacia fuera "respeto" para este instrumento fundamental de nuestro autogobierno. Sin embargo, pocas voces institucionales se han levantado para censurar el uso insensato y chapucero que el equipo de gobierno de la Diputación de Guipúzcoa está haciendo de los resortes que el Concierto pone en sus manos.

Por seguir con la sinécdoque y otras reivindicaciones asimétricas, ¿cómo se blinda el Concierto Económico ante unos gestores poco juiciosos?

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