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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Rescatar la memoria

Los nuevos decretos y la iniciativa de Garzón son procesos independientes; sus objetivos, también

El Gobierno ha remitido al Consejo de Estado cuatro decretos que desarrollan la Ley de Memoria Histórica, en vigor desde el pasado mes de enero. Se trata de la primera iniciativa adoptada por el Ejecutivo para desarrollar la norma, y ha coincidido con las providencias del juez Garzón reclamando datos de muertos y desaparecidos durante la Guerra Civil y el franquismo para decidir sobre su competencia en las denuncias presentadas por algunas asociaciones de familiares. El magistrado se pronunciará en los próximos días, tal vez esta misma semana.

La superposición en el tiempo de estas dos iniciativas puede conducir a equívocos sobre los distintos planos que atienden el Gobierno y la Audiencia Nacional, por más que ambos estén relacionados con episodios del pasado reciente y hayan sido recibidos muchas veces desde posiciones emocionales, ya sea en contra o a favor. Pero lo cierto es que, aprobada la Ley de Memoria Histórica, el Gobierno no podía demorar indefinidamente su desarrollo, ni por motivos políticos ni tampoco por razones jurídicas, salvo que se admitiera dejar en el limbo una norma ya aprobada en el Congreso.

El Gobierno ha optado por hacerlo a través de distintos decretos en lugar de uno solo, lo que confirma que la ley fue elaborada como un improvisado conjunto de disposiciones heterogéneas. Además, con esta fórmula ha buscado postergar el desarrollo de las disposiciones más sensibles de la ley, como la retirada de los símbolos franquistas o la elaboración de un mapa de las fosas que siguen existiendo en España. Sí ha regulado, en cambio, el procedimiento para obtener el documento del Ministerio de Justicia que reconoce la condición de represaliado, las indemnizaciones a las víctimas entre 1968 y 1977, la posibilidad de obtener la doble nacionalidad para los brigadistas internacionales y la devolución de los documentos privados en el Archivo de Salamanca, incautados en su día.

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Con o sin Ley de Memoria Histórica, estas medidas son difícilmente objetables, en particular las indemnizaciones, que abarcan un periodo de tiempo, entre 1968 y 1977, no cubierto por la ley de víctimas del terrorismo, y la devolución de los documentos privados; las otras dos se mueven en el terreno del simbolismo. El hecho de que se hayan adoptado bajo el paraguas de una norma sin duda discutible, y a la que el Partido Popular se opuso, no tendría por qué significar por su parte una descalificación automática y en bloque.

El asunto que, en cualquier caso, requerirá la máxima atención es la decisión que adopte el juez Garzón, sobre todo si se inclina por considerar como genocidio las muertes que investiga. Eso no sólo supondría la exhumación de los cadáveres que permanecen en enterramientos clandestinos e ilegales, una situación que el Estado, no las asociaciones de memoria histórica, tendría que haber asumido como propia, sino también la apertura de un complejo proceso penal.

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