Máxima protección a las embarazadas
La mujer que espera un hijo no puede serdespedida aunque lo oculte a su empresa
El Tribunal Constitucional avaló ayer la máxima protección para las mujeres embarazadas en sus empleos. Establece que el despido de una trabajadora que se encuentre encinta será nulo incluso si no ha informado a la empresa. El Constitucional se basa en la reforma del Estatuto de los Trabajadores de 1999, que considera nulo el despido "desde la fecha de inicio del embarazo", e interpreta que no hay obligación de informar sobre el estado de gestación. La sentencia resuelve el caso de una empleada cuya demanda no estimó la justicia ordinaria.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.