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Amorebieta no puede cambiar de su ubicación la escultura de Nagel

La sentencia basa la decisión en el contrato y no en los derechos de autor

El artista Andrés Nagel (San Sebastián, 1947) ha logrado que una sentencia judicial reconozca su exigencia de que la escultura que realizó por encargo del Ayuntamiento de Amorebieta no sea movida de la rotonda para la que fue creada. El fallo establece que las condiciones del contrato de compra de la obra impiden que el Ayuntamiento decida retirar la escultura o cambiarla de ubicación sin contar con su autor, y no encuentra razones de "interés público", esgrimidas por el Ayuntamiento de Amorebieta, que lo justifique.

El fallo no encuentra razones de "interés público" para la retirada
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La escultura de Nagel -sin título, pero bautizada popularmente La patata, por caracter amorfo y su color- es una obra fundida en bronce de ocho metros de altura, encargada para una rotonda del centro de Amorebieta en 2002, una zona sometida ahora a un proyecto de reordenación urbanística. La sentencia recoge que el contrato suscrito entre el artista y el Ayuntamiento, representado entonces por la anterior alcaldesa, la peneuvista Begoña Azarloza, consideraba esencial el emplazamiento de la escultura y tenía la intención de que "se acordara cualquier posible cambio de situación", tal y como defendió la propia Azarloza al testificar en el juicio, en contra de la opinión de la actual corporación municipal.

La demanda de Nagel ha sido resuelta por el juez Edmundo Rodríguez, titular del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao, el mismo que se encargó de la demanda presentada el pasado año por el arquitecto Santiago Calatrava contra el Ayuntamiento bilbaíno por alterar la pasarela Zubi Zuri. En el caso Calatrava el interés general de los usuarios de la pasarela primó sobre el derecho de autor, y se desestimó la reclamación, pese a que se reconoció que el Ayuntamiento había modificado una "obra singular" sin autorización de su creador. En el caso del Ayuntamiento de Amorebieta, en cambio, se desestima el "interés público" de la retirada de la escultura para proceder a una reforma en proceso de diseño que pretende reducir el tráfico en la zona y unirla con un parque cercano.

La petición de Nagel de que el cambio de ubicación de la escultura se considere protegido por el "derecho moral del autor a la integridad de la obra" que reconoce la Ley de Propiedad Intelectual ha sido, en cambio, desestimada. Aunque reconoce que la ubicación de una escultura resulta relevante, el juez señala que del texto legal referido no puede deducirse que un traslado vulnere la integridad de la obra.

La sentencia tampoco estima que el traslado de la escultura sea prohibido como pretendía la demanda. Nagel quería que la declaración de que el Ayuntamiento no está legitimado para el traslado de la escultura en virtud del contrato de encargo de la obra se completase con una prohibición expresa, que no está prevista en la Ley de Propiedad Intelectual. "[El demandante] puede pedir el cese de una actividad ilícita, si concurre", puntualiza, "pero no impedir conductas".

Este último aspecto es el que le parece más destacable al Ayuntamiento de la localidad vizcaína y por lo que ha decidido no recurrir el fallo. "La pretensión de Nagel de que la esculturas se quede siempre ahí no se estima y por eso estamos sustancialmente muy satisfechos", declaró ayer a EL PAÍS el primer edil de Amorebieta, el peneuvista David Latxaga, informa Javier Rivas. El primer edil recalcó que el consistorio no prevé abordar en varios años la fase de su plan de reforma que afectaría a la zona en que está la escultura y que entonces debería plantearse la cuestión de l interés público de mover la obra o no.

Nagel tiene previsto comparecer hoy en una rueda de prensa para opinar sobre el fallo judicial.

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