La directiva europea para los 'sin papeles' depende del voto de España
La norma, que se debate hoy, reduce las garantías legales de los inmigrantes
La Unión Europea debatirá hoy la directiva de retorno de emigrantes sin papeles que supone una reducción de las garantías legales respecto a la propuesta de la Comisión presentada en 2005. Actualmente llegan a la UE entre medio millón y un millón de inmigrantes sin permiso al año, situación en la que se encuentran unas ocho millones de personas. Lo que haga España, que hasta última hora de ayer mantenía una posición dubitativa, será decisivo para que salga adelante la norma. Para lograr la minoría de bloqueo son necesarios 80 votos y España tiene 27.
La nueva directiva es mucho menos garantista que el proyecto de la Comisión de hace dos años y medio, al rebajar el control de las autoridades judiciales en los procesos de retención de los inmigrantes sin papeles. Como regla general la propuesta inicial exigía que las órdenes de internamiento se dictaran "por autoridades judiciales". Ahora, el "internamiento podrá ser decidido por las autoridades administrativas o judiciales".
En casos urgentes, en el proyecto inicial se permitía la detención por orden administrativa, pero debía "ser confirmada por las autoridades judiciales en el plazo de 72 horas". En la nueva propuesta, en el supuesto de que el internamiento haya sido ordenado por una autoridad administrativa, los Estados "dispondrán el control judicial lo más rápidamente posible", pero no se fija un límite temporal.
Otra diferencia importante es que en el proyecto de 2005 el límite máximo de detención era de seis meses, "con control de las autoridades judiciales, por lo menos una vez al mes". Ahora se permite la detención hasta los 18 meses en casos en que pueda prolongarse la "operación de expulsión debido a la falta de cooperación" del afectado o "por demoras en la obtención de la documentación necesaria que deban expedir terceros países". También se permite la detención de menores no acompañados, aunque esta medida se tomará "sólo como último recurso y por el menor tiempo posible".
El proyecto inicial de la Comisión fue rechazado en principio por todo el mundo. Por una parte, no resolvía los problemas de los países que sufren una presión migratoria más fuerte como España, Italia y Francia, que a la vez disponen de la legislación más proteccionista. Al mismo tiempo, también era rechazada por los países con legislaciones más duras como Reino Unido, Suecia, Dinamarca, Estonia, Finlandia, Grecia, Irlanda, Malta y Holanda, que tienen periodos de detención ilimitados y consideran la directiva una limitación de sus facultades.
La propuesta que ha encontrado la presidencia eslovena es un punto de equilibrio, que supone más garantías para los emigrantes sin papeles en los países que ahora pueden ser detenidos indefinidamente y expulsados por simple declaración verbal. Sin embargo, permitirá endurecer la legislación en España, Italia y Francia.
El reciente cambio de posición de Holanda y Suecia, al aceptar límites al tiempo de detención, ha abierto la puerta a una posibilidad de acuerdo. La decisión debe tomarse por mayoría absoluta. La posición de España será decisiva. Si la directiva se aprueba hoy con el texto actual, entonces ya sólo quedará pendiente de su aprobación por el Parlamento Europeo, el 5 de junio. Las posiciones en la Eurocámara están muy divididas incluso en el seno de la mayoría de los partidos.
El endurecimiento de las reglas
- Tiempo máximo de detención de los sin papeles. La propuesta de la Comisión Europea de 2005 establecía el límite en seis meses, exigiendo una revisión judicial mensual. La propuesta actual presentada por la presidencia eslovena eleva el límite máximo a 18 meses en casos especiales.
- Control de las detenciones. El borrador de 2005 exigía como regla general orden judicial previa a la detención. En casos urgentes se admitía una orden administrativa con confirmación judicial en 72 horas. Ahora se admite la administrativa como vía ordinaria, con confirmación judicial "lo antes posible".
- Menores no acompañados. La normativa anterior no contemplaba el caso. La actual autoriza su internamiento como "último recurso".
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