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La inhabilitación de Atutxa, Knörr y Bilbao afecta sólo a sus cargos parlamentarios

El Tribunal Supremo ha aclarado que las penas de inhabilitación a la que han sido condenados Juan María Atutxa, Gorka Knörr y Kontxi Bilbao por su negativa a disolver el grupo parlamentario sucesor de la ilegalizada Batasuna sólo afecta a sus cargos como parlamentarios. La defensa de los tres condenados solicitó el pasado 17 de abril esa aclaración tras conocer el fallo del alto tribunal, que condenó a Atutxa a un año y seis meses de inhabilitación especial para empleo o cargo público y multa y a un año de inhabilitación a Knörr y Bilbao.

En su aclaración, el magistrado ponente, Manuel Marchena, indica que tras la reforma del Código Penal de noviembre de 2003, los cargos o empleos públicos a los que se refiere dicho delito "serán aquellos que estén directamente relacionados con la comisión del hecho punible que ha sido objeto de la condena". Es decir, al ámbito "orgánico y funcional" en el que el delito fue cometido. Recuerda el magistrado que los tres condenados eran miembros de la Mesa de la Cámara en 2003, cuando la Sala del 61 del Supremo les requirió para que cumpliesen la sentencia de ilegalización. La parlamentaria de EB, funcionaria del Ayuntamiento de Vitoria, es la única que sigue en la política activa y se verá obligada a dejar su escaño si no prospera su anunciado recurso de amparo al Tribunal Constitucional.

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El Constitucional ha rechazado que la Sala del 61 se excediera en su jurisdicción al ordenar a la Cámara vasca la disolución del grupo heredero de Batasuna. El Supremo declaró nulos en un auto de octubre de 2003 los acuerdos tomados por la Mesa para no disolverlo.

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