La Justicia vasca desestima el recurso de Kontxi Bilbao y obliga al Parlamento a expulsarla
El TSJPV pide al Parlamento de Vitoria que indique la fecha en la que cesará por no disolver Sozialista Abertzaleak
La Sala de lo Civil y penal del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha desestimado el recurso de súplica en el que la parlamentaria de EB Kontxi Bilbao pidió la suspensión de la sentencia condenatoria por no disolver Sozialista Abertzaleak y ha requerido a la Presidencia del Parlamento vasco a que precise la fecha en la que Bilbao cesará en su cargo.
Dos autos del TSJPV publicados esta mañana y con fecha de ayer, desestiman el recurso de súplica contra la ejecución de la sentencia en el llamado caso Atutxa y requieren al Parlamento de Vitoria a que indique la fecha en la que Kontxi Bilbao, la única condenada que sigue siendo parlamentaria, tendrá que abandonar su escaño. En este mismo auto, el tribunal también pide a la Cámara a precisar cuándo comunicará a Atutxa y Knörr que comiencen a cumplir su inhabilitación.
Además de Bilbao, la sentencia del Tribunal Supremo también condenó, con inhabilitación y multa, al ex miembro de la Mesa de la Cámara autonómica, Gorka Knörr, y al ex presidente de la misma, Juan María Atutxa, por negarse a disolver el grupo parlamentario de Sozialista Abertzaleak en la pasada legislatura.
La Sala de lo Civil y lo Penal del TSJPV ha acordado comunicar a la Junta Electoral del País Vasco las fechas de inicio y fin del cumplimiento de la pena, que impediría a los condenados a presentarse a las próximas elecciones autonómicas. El alto tribunal vasco requerirá, asimismo, el pago de la multa a la que fueron condenados Atutxa, de 18.000 euros, Knörr y Bilbao, ambos de 12.000 euros, en el plazo de 15 días desde la notificación del aviso.
El pasado 8 de abril, el Superemo revocó la sentencia absolutoria del TSJPV y condenó a los tres acusados. La defensa pidió entonces que se suspendiera la ejecución de la sentencia hasta que hubiera resolución del Tribunal Constitucional sobre su impugnación en amparo. El pasado 17 de junio, el alto Tribunal rechazó esta pretensión y señaló que "declarada la firmeza" de la sentencia del Supremo, la sentencia se tenía que ejecutar "sin dilaciones". La defensa de los condenados recurrieron entonces en súplica ante el TSJPV, que hoy ha rechazado su petición en un auto, contra el que no cabe recurso.
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