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El Ejecutivo regula los apartamentos turísticos para impedir su uso residencial

El País

El consejo de Gobierno aprobó ayer el proyecto de ley de modificación de la Ley de Ordenación del Turismo, que contempla una regulación específica de los apartamentos turísticos para evitar otros usos, como el residencial. Según explicó la consejera de Industria, Ana Aguirre, con esta modificación de la ley, aprobada en 1994, el Ejecutivo pretende "adaptar la legislación existente a la evolución del sector turístico y al perfil de la oferta turística vasca. El proyecto de ley introduce modificaciones en el lado de la oferta de alojamientos turísticos, debido a que el tipo de turismo que visita Euskadi es mayoritariamente de ocio. La reordenación de los alojamientos extra hoteleros elimina figuras como las denominadas viviendas turísticas vacacionales o alojamientos en casas particulares y regula de manera precisa los apartamentos turísticos.

En este último caso, los apartamentos turísticos son definidos de forma "más rigurosa" para evitar usos diferentes, como por ejemplo el residencial.

El Gobierno vasco quiere obligar a que los apartamentos turísticos sean gestionados por una única empresa responsable de la explotación turística y garantizar que sean destinados al alojamiento temporal de turistas. Por tanto, no podrán, en ningún caso, constituir un cambio de residencia para la persona alojada, es decir, que sea utilizado como nueva residencia por el usuario.

Por otro lado, se regula el concepto de alojamiento temporal, que deberá ser inferior a 12 meses, para asegurar el carácter y uso turístico de los diferentes establecimientos y evitar que se les pueda dar un uso residencial. En el ámbito del turismo rural, se incorpora la figura de casa rural, que no estaba recogida en la ley y se introduce la obligatoriedad de que el titular viva en ella. En relación a los cámpings, se eliminan los límites para la instalación de bungalows, aunque se deberá asegurar un número de plazas para campistas y el uso turístico del establecimiento.

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