Ante la huelga de Justicia
En un reportaje titulado Sin boda, sin pensión, sin divorcio, publicado el pasado domingo 30 de marzo, se informaba a los lectores de las dificultades que está ocasionando a muchos ciudadanos la huelga de funcionarios de Justicia. Por el título pensé que se informaba de que también afecta a las prestaciones del sistema de Seguridad Social, aunque luego pude comprobar por el texto que no se hacía referencia a nuestras prestaciones.
Por si a algún ciudadano le cupieran dudas sobre la incidencia de la huelga en el sistema público de pensiones, ya que se exigen certificados del Registro Civil para reconocer algunas de nuestras prestaciones -permiso de maternidad y paternidad, ayuda por nacimiento o adopción de hijo, y las derivadas de muerte y supervivencia (viudedad, orfandad y auxilio por defunción)-, le informo de que desde el Instituto Nacional de la Seguridad Social he dado instrucciones desde el inicio del conflicto para que se puedan presentar documentos alternativos, como por ejemplo certificado médico de nacimiento o defunción, que acrediten el derecho a estas prestaciones.
La única condición es que una vez terminada la huelga, quienes hayan presentado estos documentos alternativos soliciten el certificado correspondiente del Registro Civil y nos lo entreguen. El objetivo es que no se produzca ninguna demora en la percepción de las pensiones.
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