Dilaciones judiciales
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía -se dice que en su sala de Granada que, para más inri, es la sede del propio tribunal en la Comunidad- ha tardado 17 años, sí 17 años, en resolver tres recursos contenciosos-administrativos interpuestos contra una convocatoria de 1.450 plazas de personal no sanitario para acceder al Servicio Andaluz de Salud. Es el tiempo, para hacerse una idea, que un recién nacido tarda en recorrer nada más y nada menos que el trayecto que media entre su infancia y su juventud, pasando por parvularios, estudiando seis años de primaria; los correspondientes de ESO, con o sin Educación para la Ciudadanía y acceder a la universidad. Es más del doble del que van a tardar en desaparecer, durante los veranos, las nieves perpetuas en los polos. Y si quiere, y para hacernos una idea más fuerte que la del deshielo, es el tiempo que lleva Javier Arenas en la oposición en Andalucía, eso sí, y como cada vez que concluyen unas elecciones, con unos magníficos resultados para su grupo. Pero, en fin, como esto no va de deshielo, puede decirse también que es un ejemplo -y no es aislado- de un fracaso rotundo del funcionamiento de las instituciones judiciales. No es un fracaso cualquiera. La Justicia es uno de los pilares fundamentales del sistema democrático hasta el punto que el artículo 1 de la Constitución define España como un Estado social, democrático de Derecho que propugna como valores, entre otros, el de la Justicia.
Justicia es igual a democracia. Su importancia es tal que a mayor grado de justicia, mayor es la democratización. Y, a la inversa, una Justicia que no funcione adecuadamente daña la democracia. Tan es así que, desde los primeros años de la democracia, conocedores los ciudadanos y las instituciones de que uno de los mayores males de la Administración de Justicia era su excesiva lentitud, se decía que esta lentitud la hacían injusta, por lo que era necesario abordar una reforma en profundidad, de suerte que los conflictos entre los ciudadanos, y entre ciudadanos y Administración quedaran resueltos en un tiempo lo suficientemente breve como para que la aplicación de la ley se entendiera correcta. Era la forma de que los ciudadanos tuvieran confianza en su Justicia.
Es indudable que, durante estos años, se han abordado problemas estructurales, funcionales y de organización. La propia entrada en funcionamiento de los Tribunales Superiores de Justicia de las comunidades autónomas, buscando una mayor eficacia en el funcionamiento judicial o las transferencias en sede organizativa, en temas de personal, han ayudado a mejorar la imagen judicial. No obstante, y ahí queda esta sentencia que no es la muestra pues hay muchas más, especialmente en sede contenciosa-administrativa y sobre todo en Granada, como ha destacado en más de una ocasión el presidente del TSJA, no han sido ni son bastantes. Algo falla.
Desde luego, el Consejo General del Poder Judicial, ya que actualmente es el encargado de corregir las disfunciones del sistema de Administración judicial, derivadas de unas dilaciones evidentes, y que debía atender prioritariamente. Algo que no ha hecho, y a lo que no se ha dedicado suficiente en su último mandato, más preocupado por apoyar a sus mentores políticos que de solucionar estos retrasos.
En cualquier caso, amén de esta ayuda que siempre sería necesaria, es conveniente que el nuevo Gobierno, además de intentar y conseguir desbloquear la renovación de los miembros del Tribunal Constitucional y del Consejo General del Poder Judicial, abordara una mayor y más profunda reforma judicial que refuerce la Justicia, en una aplicación eficaz de la ley. Una tarea a la que puede ayudar, y mucho, en lo que a Andalucía se refiere, el próximo Gobierno andaluz con una presencia activa y seguimiento de estas reformas. Ayudaría a ello el desarrollo de los instrumentos previstos en el Estatuto de Autonomía, en concreto el Consejo de Justicia, que ha de cohonestarse con la LOPJ, y que, en su día, tendrá competencias inspectoras y sobre el funcionamiento judicial.
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