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Consumo multa a Iberia con 36.000 euros por cancelaciones e información engañosa

El País

La Dirección de Comercio, Consumo y Seguridad Industrial ha sancionado con un total de 36.000 euros a Iberia por su actuación en dos casos de cancelación de vuelos y otro de retraso de equipaje. Se trata de la sanción más severa del Ejecutivo vasco contra una aerolínea y se suma a las otras tres que ya impuso el pasado octubre por un importe de 24.000 euros a Ryanair, Lufthansa y Air Lingus LTD, por publicitar de forma engañosa los precios de sus vuelos a través de Internet.

El transporte aéreo fue el sector que más reclamaciones de los consumidores suscitó en 2006, año en que las oficinas territoriales de Consumo recibieron un total de 1.283 quejas por conflictos con las compañías aéreas. El 73% de ellas se presentaron en Vizcaya, la mayoría por retrasos y cancelaciones de los vuelos.

En el caso de Iberia, Consumo entiende que la aerolínea ha cometido tres infracciones graves relativas a la compensación y asistencia a pasajeros en situaciones de cancelación de vuelo y retraso de equipaje. Además, considera que Iberia ha cometido otra falta grave por su resistencia a suministrar información requerida por la Administración.

En el primero de los casos, dos personas reclamaron a Iberia una indemnización por los perjuicios causados tras la anulación de un vuelo entre Madrid y Vitoria, que les fue anunciada veinte minutos después de la hora prevista para la salida del avión. Llegaron a su destino con cuatro horas de retraso. La compañía alegó falsamente, según la Dirección de Consumo, que se informó de la cancelación antes de la hora de salida del vuelo. Por esa desatención y por no indemnizar adecuadamente, sanciona a Iberia con 9.000 euros, y la misma cantidad "por facilitar una información falsa para eludir su responsabilidad".

Otro caso hace referencia a la reclamación presentada por una familia a la que se comunicó al llegar al aeropuerto que su vuelo desde Vitoria a Ibiza no existía. Iberia tendrá que pagar otros 9.000 euros. El tercer expediente resuelto contempla una sanción de la misma cuantía por la negativa de la aerolínea de bandera a indemnizar a una pasajera cuyo equipaje sufrió un retraso de cinco días.

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