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Una nueva sentencia prohíbe la actividad en la planta de residuos de Alcoi

La planta de transferencia de residuos sólidos urbanos de Sant Benet de Alcoi suma una nueva sentencia en su contra. Un juzgado de Alicante ha declarado nula la licencia de actividad por la que la instalación viene funcionando en pruebas desde octubre de 2005. Desde entonces recibe 70.000 kilos al día de residuos de Alcoi y poblaciones de los alrededores. La juez reitera que la planta, que ya fue declarada ilegal en 2003 por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) valenciano, incumple la distancia mínima de dos kilómetros respecto a un núcleo de población que la ley fija para las actividades calificadas. El fallo, contra el que cabe recurso, prohíbe la actividad en la planta y condena al Ayuntamiento de Alcoi a pagar las costas que, según ha trascendido, alcanzarían los 4.000 euros.

La sentencia recuerda que la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ, en noviembre de 2005, anuló el plan urbanístico de la planta sobre el que se apoyó el Ayuntamiento de Alcoi para construirla. El TSJ también dejó sin efecto la resolución del Consell que hacía prevalecer la construcción de la instalación sobre el interés de los vecinos. Éstos, que iniciaron el proceso judicial contra el Ayuntamiento para el cese de esta actividad, avanzaron ayer su intención de pedir la ejecución de la resolución del juez.

Las sentencias contrarias a la planta no han frenado a la Consejería de Medio Ambiente, que a través de la empresa pública Vaersa, ha adjudicado el servicio de vigilancia y conserjería de la instalación. La empresa Sancoro Seguridad prestará ambos servicios por 76.000 euros, según publicó ayer el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

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