El fondo para alimentos de hijos de separados, en 2008
IU critica el retraso de una medida pactada para este año

El Gobierno aprobó ayer la organización y el funcionamiento del Fondo de garantía del pago de alimentos. Con este fondo se asegura que los hijos de parejas separadas reciban un pago mensual para alimentos cuando hay una resolución judicial que obliga a ello.
El decreto aprobado ayer entra en vigor el 1 de enero de 2008 y fija una cuantía de 100 euros mensuales por cada hijo, como anticipo durante 18 meses. El fondo se aplicará a los hijos menores y a los que, no siéndolo, tengan una discapacidad superior al 65%.
Cuando IU conoció ayer que el Consejo de Ministros había anunciado esta medida, la diputada Montserrat Muñoz mostró su estupor por "la poca memoria del Gobierno y la falta de imaginación y la hipocresía" que le han llevado, dijo a "vender como nuevo" algo que su grupo ya pactó su grupo con el Ejecutivo en 2006.
Recordaron que es una iniciativa de IU-ICV que se incluyó en los presupuestos generales de 2007 con una dotación de 10 millones de euros. "Llevamos pidiendo la ejecución de esa medida desde hace 12 meses", dijo Montserrat Muñoz.
El impago de esta pensión para los hijos cuando se rompe la pareja es un delito que se repite con frecuencia. En una década, de 1994 a 2004, pasaron de 4.336 a 9.136, según la Fiscalía General del Estado. Dos leyes, la reforma del divorcio y la de violencia de género obligaban a la creación de este fondo, que no se materializa hasta ahora.
El impago de esta pensión a veces es un arma contra la pareja que repercute directamente en el bienestar de los hijos. A los morosos con nómina se les embarga la cuota, pero en el caso de las profesiones liberales esto no es posible y obliga a judicializar un proceso para el que no siempre se tiene ánimos, tiempo ni dinero.
Para las parejas multinacionales, con padres de países diferentes, también está pendiente de su ratificación el nuevo Convenio que regulará el cobro internacional de alimentos, informa Isabel Ferrer. Falta la firma, -no vinculante- del acta final por parte de 68 países, entre ellos España. "Para los hijos y su madre, que suele ser la demandante del dinero, significará localizar al padre y que sea obligado a mantenerlos, si tiene medios, aunque resida en el extranjero", según Alegría Borrás, catedrática de Derecho Internacional Privado de la Universidad de Barcelona y una de las relatoras del Convenio.
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