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Reportaje:La excarcelación de los violadores

Traje de etarra para un violador

Magistrados del Supremo, la Audiencia Nacional y las de Madrid y Barcelona discrepan sobre los criterios a aplicar al agresor sexual

La doctrina Parot podía haberse aplicado por la Audiencia de Barcelona a José Rodríguez Salvador, el violador del Vall d'Hebron para evitar su salida de la cárcel, según opinaron magistrados del Tribunal Supremo consultados por este periódico. Pero el tema no es pacífico. Otros magistrados se inclinaron por una reforma legal que establezca una custodia de seguridad para casos de delincuentes de altísima peligrosidad, similar a la existente en otros países europeos y más acorde con el principio de legalidad que la doctrina Parot.

La Audiencia de Madrid sigue el mismo criterio que la de Barcelona en tanto la Audiencia Nacional ha revisado situaciones de presos de ETA a los que ha alargado la condena en más de una docena de años apenas unas horas antes de salir.

"La única solución inmediata es una vigilancia policial discreta. Sin atosigarlo"
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Fuentes del Supremo explicaron que la esencia de la doctrina Parot consiste en distinguir al individuo que comete un delito del que comete docenas de crímenes. "¿Cómo se van a aplicar los mismos criterios de cumplimiento de penas a un condenado por matar a una persona que a los que ponen las bombas en los trenes del 11-M y causan 200 muertos?". En el caso del violador del Vall d'Hebron "lo que no puede ser es que al final cumpla una pena de sólo un año de cárcel por cada una de las violaciones que ha cometido", añadieron las citadas fuentes. La doctrina Parot "no se hizo sólo para los terroristas, sino para casos como ése" apuntó otro magistrado.

La negativa a modificar una liquidación de condena practicada hace ocho años ha llevado a la Sección Quinta de la Audiencia de Barcelona a denegar la aplicación de la doctrina Parot a Rodríguez Salvador. El pasado mes de febrero, la Audiencia de Madrid ya aplicó este mismo criterio a una mujer, Begoña G. R., condenada a 50 años por robo y detención ilegal.

El tribunal de Madrid entendió que la firmeza de las condenas "lleva a una situación jurídica plenamente consolidada" que "no puede ser modificada por aplicación de criterios interpretativos ulteriores".

En cambio, la Audiencia Nacional ha revisado las liquidaciones de condena practicadas mucho tiempo atrás para impedir que terroristas de ETA a punto de ser excarcelados saliesen a la calle.

El primer caso que se ha producido tras la doctrina Parot fue el del etarra Iñaki Gaztañaga Bidaurreta, condenado a 90 años de cárcel por pasar información para cometer atentados, entre ellos uno que costó la vida a un agente de policía por una bomba lapa colocada en los bajos de su vehículo. Cinco días antes de su salida a la calle, prevista para el 29 de marzo de 2006, a Gaztañaga se le aplicó la doctrina Parot. Se le comunicó que no saldrá de prisión hasta 2018, es decir, se le alargó la condena en 12 años.

Según la memoria de la Fiscalía del Estado, en 2006 se aplicó la doctrina Parot a 13 etarras, cuyas fechas de cumplimiento de condena "se han retrasado considerablemente".

Frente a la diversidad de criterios y ante la previsible salida del violador a la calle, la única posibilidad que apuntan en fuentes jurídicas y fiscales es la de una vigilancia policial discreta del individuo. "Lo que la Policía no puede hacer es acosarlo, atosigarlo, o entrar en su casa, pero sí puede mantener sobre él un discreto servicio de vigilancia". No obstante, "para ese tipo de sociópatas" la eficacia de la medida y su prolongación en el tiempo "es dudosa".

Otro magistrado del Tribunal Supremo sugirió que se le brindara la oportunidad de aceptar una pulsera electrónica de vigilancia, sin perder de vista que, si se comprobase que padece una patología mental tan grave que no puede evitar seguir delinquiendo, podría instarse un expediente de incapacitación e internarle.

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