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El juez descarta paralizar las 1.350 viviendas de Foz denunciadas por la Consellería de Política Territorial

El juzgado de lo contencioso-administrativo de Lugo ha desestimado la solicitud, formulada por la Consellería de Política Territorial, de paralizar las 1.350 viviendas con licencias presuntamente ilegales en Foz, que motivaron un enfrentamiento entre el departamento de la Xunta que dirige María José Caride y el alcalde focense, el socialista José María García Rivera.

La Xunta impugnó, a través de Política Territorial, 40 licencias para construir 1.350 viviendas concedidas por la junta de gobierno local el 29 de marzo de 2006, cinco días después de proceder a la suspensión de licencias en suelo urbano y suelo rústico y sin comunicarlo a la Dirección General de Urbanismo. Pese a la denuncia y las advertencias de la consellería, el alcalde siguió adelante con su proyeto y convalidó las licencias denunciadas.

La juez que lleva el caso no entra en el fondo del asunto, que se verá en el pleito principal, pero descarta la reclamación de la Xunta al no apreciar "como evidente la existencia de causa alguna de nulidad". El auto judicial considera que los expuestos por Política Territorial son "motivos de orden exclusivamente procedimental" y alude a una "diferencia de interpretación" que "difícilmente puede resolverse en la presente pieza separada".

La juez subraya que el objeto del recurso no es el acto de otorgamiento de la licencia, sino "el acto por el que se desestima la pretensión" de la Xunta de que se revisen de oficio las licencias. El auto descarta la paralización de las obras por considerar que la construcción de los edificios afectados "sí que podría ser reversible". En todo caso, reclama una justificación más genérica de los posibles daños y perjuicios de las obras y precisa que el estado de algunas construcciones "es ya muy avanzado".

"No puede compartirse la tesis de que la situación que se crea es irreversible, por cuanto procedería la demolición o bien acudir a los remedios previstos legalmente caso de que no fuera posible la ejecución", argumenta la juez para descartar la paralización cautelar. El auto del juzgado contencioso-administrativo también precisa que se trata de un conflicto entre dos Administraciones, por lo que el fin perseguido por el Ayuntamiento también es de carácter público.

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