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Un condenado por los ruidos de un bar no irá a prisión a la espera del indulto

La Sección Tercera de la Audiencia de Barcelona ha suspendido cautelarmente la ejecución de la condena de cuatro años de cárcel que impuso al ex propietario del bar El Portet por contaminación acústica hasta que el Gobierno resuelva su petición de indulto. Los jueces han estimado la petición de la defensa de Dionisio Mestre, a la que se opusieron la fiscalía y los vecinos afectados por los ruidos, teniendo en cuenta que el condenado ha satisfecho "en parte" la indemnización de 32.000 euros que debe pagar a los perjudicados.

La Audiencia recuerda que Mestre ya ha abonado a los vecinos parte de la responsabilidad civil y que la cantidad restante "está garantizada" porque "está retenida de cuentas bancarias" de las que es titular el condenado. El tribunal argumenta también que el delito contra los recursos naturales y el medio ambiente por el que fue condenado Mestre "no es de los que se producen con frecuencia" y que, por tanto, "se ignora con más motivo cuál puede ser la respuesta que obtenga la petición de indulto".

Por todo ello, según la Sala, "no se puede tener como referencia lo que haya podido ocurrir en casos similares" y debe procederse a la suspensión cautelar de la ejecución de la pena. La Sección Tercera añade que ignora si se concederá o no el indulto y si será total o parcial, y subraya que su decisión "de ninguna manera puede verse como un posicionamiento" respecto a la medida de gracia. El abogado de Mestre reclamó la suspensión cautelar de la ejecución de la pena en mayo y reclamó que, en caso de no aceptar esta petición, se reduzca la condena hasta dejarla en dos años, lo que le permitiría a su cliente eludir la cárcel.

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