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Bruselas advirtió en mayo que las normas de la CMT no eximen a Telefónica de las multas de Competencia

Andreu Missé

Buscar contradicciones entre los reguladores nacionales y las autoridades de Competencia de Bruselas para justificar supuestas prácticas abusivas de los antiguos monopolios va a tener muy poco recorrido. La reciente multa impuesta por la Comisión Europea a Telefónica de casi 152 millones por abuso de posición dominante en el mercado español de banda ancha durante cinco años fue el resultado de una larga investigación que conocían todas las partes implicadas.

Una carta de la Comisión Europea del pasado 10 de mayo dirigida a la Dirección del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT), divulgada ayer por Cinco Días, recomendaba al regulador español que debía recordar a Telefónica que las obligaciones impuestas por la CMT no la eximen de los procedimientos abiertos por la Comisión Europea.

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En la carta, que cuestiona la propuesta de nueva regulación para las ofertas de Telefónica, la Comisión "invita" a la CMT a asegurarse sobre los métodos aplicados para garantizar que Telefónica no venda paquetes de servicios "ilícitamente" y que no tengan "un efecto perjudicial para operadores y consumidores". Pero lo más significativo es la recomendación expresa que dirige al regulador nacional para evitar confusiones entre las actuaciones de las autoridades españolas y las comunitarias.

En este sentido, la misiva afirma que "la Comisión sugiere igualmente que la decisión de la ARN (autoridad reguladora nacional) debería recordar explícitamente que la aplicación del marco regulador y de cualquier obligación impuesta por la CMT a la empresa regulada es sin perjuicio de cualquier procedimiento presente o futuro relativo a la aplicación del artículo 82 del Tratado de la Comunidad Europea por la Comisión, la autoridad nacional de la competencia o un tribunal, y no da lugar a ninguna expectativa legítima en relación con ninguno de esos eventuales procedimientos".

Fuentes de la Comisión aseguran que Telefónica conocía perfectamente que la instrucción del procedimiento era independiente de las actuaciones del regulador español. Telefónica sostiene que eso genera inseguridad jurídica.

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