Delito o falta
Para condenar a los padres por el absentismo escolar de sus cuatro hijos, la Fiscalía de Córdoba ha tipificado el caso como un delito de "abandono de menores", que prevé penas de hasta dos años de cárcel para los progenitores que desatiendan los cuidados de sus hijos.
Hasta hace no mucho, lo habitual era que la no escolarización de los niños o el incumplimiento por parte del menor de su obligación de acudir al centro educativo se tipificara como falta o como un delito de abandono de familia, por el que los padres pueden ser condenados a entre ocho y 20 fines de semana de arresto domiciliario.
En los últimos años, los fiscales han insistido en la necesidad de considerar el absentismo reiterado como un delito de abandono de menores.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.