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Un juzgado reconoce a dos empleados de TVE como autores de 'Los lunnis'

La titular del Juzgado Social número 2 de Barcelona ha declarado a dos trabajadores de TVE autores del programa infantil Los lunnis (La 2) y ha otorgado a uno de ellos, la redactora Mari Carmen Roig, los derechos de explotación de la obra, en el ámbito literario, a partir de junio del año que viene. Según el bufete de abogados Collectiu Ronda, que representó a la demandante, ésta es la primera sentencia dictada por la vía laboral que reconoce la autoría moral de un programa de televisión a un empleado de la misma empresa, lo que "abre las puertas a otras reclamaciones" y supone "un gran éxito en este campo".

El otro redactor al que la juez reconoce autor del proyecto también demandó a TVE, aunque en su caso todavía no se ha dictado sentencia. Según declara probado la juez, la demandante fue empleada por la cadena en marzo de 2003 mediante un contrato de obra para prestar sus servicios "como especialista en programas infantiles", y su función era "la selección y tratamiento del contenido" y la "puesta en imagen" del espacio provisionalmente titulado Infantil preescolar.

La magistrada considera que Roig y el redactor Francisco Daniel Cerdà son los autores del proyecto definitivo de Los lunnis, pero señala que ésta es una obra literaria al ser "una creación original expresada en un medio escrito" y, por tanto, la explotación de "cualquier obra gráfica, musical, teatral o audiovisual" vinculada a Los lunnis queda en manos de TVE.

La sentencia explica que, en el marco de su contrato, la demandante redactó y dirigió, dentro de Los lunnis, unos reportajes, de manera que realizó funciones de directora que no estaban previstas en su contrato, que sólo era de redactora. Por ello, la juez entiende que el contrato de obra "debe considerarse en fraude de ley", reconociéndola también como trabajadora indefinida de Radio Televisión Española (RTVE) con categoría de redactora y con antigüedad de marzo de 2003, fecha en que se suscribió el contrato. La cadena pública ha recurrido la sentencia.

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