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Un juez exime ahora al Ayuntamiento de Loiu de medir el ruido del aeropuerto

Acepta un informe de AENA tras fallar hace un año obligando a actuar al consistorio

Un juez de Bilbao considera que el Ayuntamiento de Loiu no debe medir el ruido que genera la actividad del aeropuerto, al haber presentado un estudio de AENA (el ente que gestiona los aeródromos) de 2005 que concluyó que no se superaban los límites legales. El auto, dictado el 23 de marzo, se produce después de que el mismo juzgado sentenciase en mayo de 2006 que el consistorio debía medir el ruido. La decisión, que será recurrida por la asociación ecologista Lur Maitea, llega cuando otro juez ha dado un ultimátum a otro consistorio cercano al aeropuerto, el de Erandio, para que aporte datos sobre el ruido de los aviones antes de finales de este mes. Un fallo más sobre Derio obliga a estas mediciones.

Ésta es la primera resolución en un año que da la razón a un ayuntamiento cercano al aeropuerto bilbaíno sobre la contaminación acústica, tras las demandas planteadas por la asociación ecologista Lur Maitea, que lleva 11 años reclamando por el posible riesgo a la salud de la actividad del aeródromo. La negativa o pasividad de los consistorios a medir el ruido le llevó a acudir a los tribunales contra las corporaciones de Sondika, Erandio, Loiu y Derio. Sobre los tres últimos municipios se han sucedido sentencias judiciales que daban la razón a Lur Maitea -está pendiente una resolución sobre Sondika- e incluso en las causas contra Derio y Loiu existen sendas resoluciones de ejecución de los fallos, dictadas en septiembre, que no se han cumplido.

El titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Bilbao, Jesús Torres, dictó un fallo en mayo de 2006, en el que concluía, que, pese a la falta de competencias de los municipios sobre las instalaciones y el tráfico aeroportuarios, los consistorios deben velar por que sus vecinos tengan un "medio ambiente adecuado" y reducir "al máximo" las molestias de la actividad del aeródromo. El juez precisó que, si el ayuntamiento carecía de medios técnicos para las mediciones, debería encargarlas a la Diputación de Vizcaya. Además, instaba a AENA a realizar estudios acústicos periódicos.

El juez, que el pasado año ordenó por dos veces al Ayuntamiento de Loiu que midiese el ruido, rechazó durante el juicio las argumentaciones del consistorio, que adujo que "nada ni nadie" podía obligarle a realizar las mediciones. El magistrado rechazó, por llegar fuera de plazo, la documentación sobre mediciones sónicas que Erandio aseguraba haber realizado desde 1999.

Recurso ecologista

Sin embargo, ahora ha aceptado otro informe, realizado por AENA en 2005, que concluye que no se superaban los umbrales legales. Una normativa de la UE fija que el impacto acústico no puede superar los 65 decibelios durante el día y los 45 por la noche. Con ello, en un auto dictado el pasado 23 de marzo, el juez concluye que el Ayuntamiento ha facilitado "las mediciones de las que disponía" y considera por tanto "ejecutada" la sentencia de mayo.

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Lur Maitea, que anuncia la presentación de un recurso, sostiene que el fallo vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva. Explica que las mediciones ahora aceptadas son "anteriores al fallo judicial" y enfatiza que "en esta larga década" ni AENA ni ninguna institución han realizado mediciones en viviendas y edificios públicos.

La pasada semana se conoció otro auto sobre este asunto, del Juzgado de lo Contencioso número 4 de Bilbao, pero referido a Erandio. En él se da un ultimátum de 15 días al consistorio para que mida la contaminación acústica en el municipio, tras incumplir la sentencia de octubre. El Ayuntamiento se había limitado a publicar un informe acústico de la empresa Labein que ya fue rechazado en el juicio. El juzgado ve "temeridad" en la actitud municipal y le amenaza con el inicio de acciones penales.

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