La Abogacía del Estado concluye que viajar en tren sin billete no puede ser sancionado
Un informe señala que "no existe objeción" para reformar la Ley del Sector Ferroviario
Un informe de la Abogacía del Estado, a traves de la Dirección del Servicio Juridico del Estado, concluye que no se pueden imponer sanciones administrativas a las personas que viajen sin billete a bordo de un tren. Según el informe, los artículos 59 y 90 de la Ley del Sector Ferroviario "no constituyen en su redacción actual base jurídica suficiente para imponer sanciones administrativas a los viajeros que utilicen el servicio ferroviario sin título válido de transporte".
Este informe responde a necesidad de unificar criterios dentro de la propia Abogacía del Estado, por cuanto se habían emitido informes contradictorios respecto a esta cuestión. Mientras en las Abogacía del Estado en el Ministerio de Fomento, en Sevilla y Segovia, se concluía de que no existe la suficiente cobertura legal para la tipificación como infracción del hecho de viajar en tren si billete, las Abogacías del Estado en la Delegación del Gobierno de Madrid y en Murcia entendían en sus informes la conclusión contraria.
Asimismo, la Abogacía da la razón a las reiteradas denuncías presentadas por la federación del Sector Ferroviario de Comisiones Obreras, que además de reiterar que la nueva ley -elaborada y aprobada por el Ministerio de Fomento en época de Francisco Álvarez Cascos y puesta en vigor por la actual ministra Magdalena Álvarez- se mostraba "inoperante e ineficaz en materia de obligaciones, faltas leves y potestad sancionadora", también criticaba la falta de operatividad àra o de Inspección y Denuncia de los propios trabajadores ferroviarios encargados de estas funciones, tales como interentores en ruta o supervisores de sevicio".
En este sentido, Francisco Alfonsín, miembro del Consejo Estatal del Sector Ferroviario de Comisiones Obreras, insistió "en la apuesta del sindicato y su ofrecimiento para optimizar el marco jurídico regulador de estas cuestiones". Alfonsín abogó por "ampliar los supuestos de hecho no contemplados como faltas leves en la ley; establecer claramente la obligación de adquirir billete para viajar en tren y otorgar potestad y consideración jurídica a los ferroviarios encargados de inspeccionar e intervenir en los conflictos."
En la actual ley, los interventores ferroviarios perdieron la atribución y la consideración de agentes de la autoridad en el ejercicio de sus funciones, asunto sobre el cual los sindicatos han mostrado su preocupación por cuando los trabajadores pueden verse denunciados por extralimitarse en sus funciones de inspección y denuncia. Sólo el personal de la empresa Adif (Administrador de Infraestruturas Ferrofiarias) expresamente autorizado tiene el caracter de autoridad en el desempeño de sus funciones.
En el informe de la Abogacía, además de aclarar definitivamente que la ley obvió en su redacción la tipificación del hecho de viajar sin billete como falta leve, se afirma que no existe "objeción alguna, desde el punto de vista constitucional para la tipificación de la conducta mencionada". No obstante, la Abogacía del Estado si advierte de que si se decidiera la reforma de la Ley para incluir la posibilidad de sancionar administrativamente a los viajeros que accedan a un tren sin billete, ésta reforma "deberá evitar un resultado desproporcionado si se decidiera acumular la penalidad impuesta en las condiciones generales a la sanción administrativa".
Es decir, que como el Reglamento del Sector Ferroviario si permite establecer penalidades adicionales a un viajero que al ser detectado sin billete en un tren tenga que adquirirlo en tránsito (siete euros en cercanías, y el doble del recorrido efectuado en regionales y grandes líneas o alta velocidad), la reforma no permita que además se le multe con una cantidad desproporcionada.
La direccion Renfe ha dirigido una circular a las distintas gerencias de negocio de la compañía en donde se indica que se abstengan los inspectores de rellenar más denuncias a la vista del informe mencionado. Fuentes de Renfe indicaron a este periódico que Fomento ya conoce los términos del informe del Abogacía y que depende del Ministerio la posibilidad de reformar la ley.
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