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Los padres no podrán imponer a sus hijos ningún castigo físico

La ley de adopción internacional dará más garantías a los menores

El Gobierno desterrará del Código Civil "cualquier posibilidad de castigo físico" a menores. El Ejecutivo anunció que modificará el artículo 154 del Código Civil que permite a los padres "corregir razonable y moderadamente a sus hijos", para evitar equívocos. Esta reforma se ha incluido en una disposición adicional del proyecto de ley que regula la adopción internacional, aprobado ayer por el Consejo de Ministros.

Los padres no podrán recurrir al castigo físico para reprender a sus hijos. El Gobierno quiere despejar cualquier duda y eliminará del Código Civil "toda posibilidad de castigo físico", anunció el ministro de Justicia saliente, Juan Fernando López Aguilar. El Código Penal ya sanciona esta conducta con penas de cárcel de entre dos y cinco años siempre que suponga una lesión "que menoscabe la integridad corporal o la salud física y mental" del niño. El artículo 154 del Código Civil, sin embargo, dejaba la puerta entreabierta al cachete, al facultar a los progenitores para corregir razonable y moderadamente a sus hijos.

Organismos internacionales dedicados a velar por los derechos del niño y ONG como Save the Children ya habían expresado su preocupación por la redacción ambigua de este artículo que se prestaba a interpretaciones semánticas o que parecía dejar algún resquicio al azote. López Aguilar declaró que se modificará el verbo corregir por otro que no deje lugar a dudas.

La reforma del artículo 154 se realizará mediante una disposición adicional en el proyecto de ley de adopción internacional que el Ejecutivo aprobó igualmente ayer.

Tanto este anteproyecto como la reforma del artículo 154 persiguen avanzar en la protección jurídica del menor.

Adopción internacional

María Teresa Fernández de la Vega, vicepresidenta primera del Gobierno, aseguró que el anteproyecto de ley de adopción internacional aprobado por el Consejo de Ministros "disipará las dudas y reticencias" de muchas parejas que se plantean prohijar a un menor en el extranjero. No hay que olvidar que España es el país con mayor tasa de adopciones de acuerdo con su volumen de población, con cerca de 6.000 al año (5.423 en 2005). Fernández de la Vega explicó que la legislación actual es dispersa. Aunque se sustenta en el Convenio de la Haya y en diferentes reformas, la ley integrará "en un cuerpo único la normativa actual y la homologará con la internacional", sostuvo López Aguilar.

Fernández de la Vega señaló que las adopciones sólo serán efectivas si están válidamente constituidas y respetan "unos umbrales mínimos de seguridad jurídica". En ese sentido no se podrá adoptar en países inmersos en conflictos bélicos o azotados por un desastre natural, ni cuando no exista "una autoridad específica que controle y garantice la adopción". Con esta última cautela se quiere impedir que un niño sea llevado desde su país a otro limítrofe de legislación más benigna, como ha ocurrido a veces en Latinoamérica.

El objetivo es evitar todo atisbo de "sustracción, venta, o tráfico de menores y su discriminación por razón de nacimiento, nacionalidad, raza".

"La ley no dificulta la adopción, sólo la clarifica", explica Pilar Blanco, directora general de Registros y Notarías. "Es una ley técnica y garantista que busca que prevalezca el bien del niño y armonizar la legislación española con la del país de origen", aclara. Aunque las Comunidades Autónomas son competentes en materia de adopción, el proyecto incide en la tramitación de estado a estado.

La ley recoge el derecho del menor a conocer su origen al llegar a la mayoría de edad.

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