La reforma fiscal contribuye a la alegría del mercado
A la alegría de la Bolsa han aportado su grano de arena los grupos familiares. Su voluntad de diversificar inversiones avanza en paralelo a los cambios fiscales que entran en vigor en enero y que propician la compra de, al menos, un 5% de compañías, cotizadas o no.
En esta doble clave puede leerse la irrupción de José Manuel Lara en Metrovacesa. O las compras de 5% de la inmobiliara Astroc protagonizados por el empresario Amancio Ortega, la familia Nozaleda (grupo Nozar) y la familia Abánades (constructora y promotora Rayet, que, por su parte, ha entrado además con un 5,7% en Antena 3). La familia Del Pino ha sido la más activa, al comprar un 5% de Indra, Ebro Puleva, Acerinox, Gamesa y Banco Pastor.
Hacienda ve "lógicos" estos pasos, porque "la normativa será más rigurosa, y, en un guiño a la productividad, lo importante será que se invierta en sociedades con actividad económica real".
"No se trata de que hoy haya ventajas fiscales que vayan a desaparecer, sino de cambios fiscales que provocan la reorganización de muchos patrimonios", dice Carlos Muñoz, fiscalista de Muñoz-Fresco Abogados, de la red Hispajuris.
En Sociedades, al margen de que controlar el 5% de una empresa da derecho a deducción por doble imposición (no pagar dos veces por el mismo beneficio cuando la matriz percibe los dividendos de una filial), el cambio clave tiene que ver con la deducción por reinversión de los beneficios extraordinarios. Ahora, esta deducción permite que las plusvalías obtenidas al vender un activo no tributen al 35% (un 32,5% en 2007), sino al 15% (un 18% en 2007), siempre que se reinviertan en inmovilizado material, inmaterial o en comprar el 5% de una empresa. Pero la deducción por reinversión sólo será posible si la participación adquirida tiene una actividad económica real, lo que excluye las sociedades de inversión financiera como las sicav. De ahí que el dinero fluya desde éstas hacia la compra de 5% de sociedades productivas.
El hecho de que las plusvalías tributarán al 18% y no al 15% adelanta las reinversiones. La deducción se aplica ahora cuando se acredita la reinversión y las empresas prefieren hacerla cuanto antes.
El alcance de la exención
El Impuesto de Patrimonio también influye. Las familias adineradas suelen participar en holding de los que cuelgan participaciones en sociedades, tengan éstas (o no) actividad económica real (sean o no lo que Hacienda considera "bienes afectos"). Si más del 50% de los activos de ese holding son "afectos", éste queda exento de pagar. La norma se mantendrá.
"Lo que cambia es el alcance de la exención. No sólo se examina el primer nivel, la sociedad en que participan directamente los socios, sino toda la estructura, en todos sus niveles", afirma Javier Ragué, de Cuatrecasas Abogados. "La exención en Patrimonio será proporcional al valor de los bienes afectos", añade Luis del Amo, gerente del REAF: se calculará si el porcentaje de activos productivos pesan más del 50% sobre el total.
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