Inminente revisión de una sentencia
En el artículo publicado bajo el título Recursos sin éxito ante la Sala de lo Militar del Supremo, EL PAÍS 9-12-2006, se afirma, erróneamente, que "por el momento, la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo ni siquiera ha autorizado a ninguno de los reclamantes a formalizarlo, rechazándolos siempre en un trámite previo".
Pues bien, esa información es errónea, puesto que sí hay un recurso de revisión que dicha sala ha tenido que instruir a término. Se trata del recurso de revisión del caso Granado-Delgado presentado en 1998, que dicha sala denegó en 1999, pero que se vio obligada a instruir por decisión del Tribunal Constitucional en 2004, precisamente porque este recurso está fundamentado en "un hecho nuevo".
Es incomprensible que EL PAÍS ignore esta "histórica" resolución del TC, que en su momento comentó ampliamente y que ayer martes 12 de diciembre la Sala de lo Militar ha comenzado a estudiar, para decidir si habrá o no revisión del consejo de guerra sumarísimo que condenó a muerte en 1963 a los anarquistas Francisco Granado y Joaquín Delgado, a partir del "hecho nuevo": las declaraciones de Sergio Hernández y Antonio Martín, los verdaderos autores de las acciones por las cuales fueron condenados y ejecutados Granado y Delgado.
Reiteramos que las familias de Granado y Delgado han ofrecido renunciar a la revisión en el caso de que el Parlamento apruebe una resolución institucional declarando incompatibles las sentencias pronunciadas por los tribunales represivos de la dictadura franquista con los principios y valores de la democracia instaurada por la Constitución de 1978.
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