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La reforma fiscal

Euskadi aproxima su IRPF al estatal

Las tres haciendas impulsan la reforma que más se acerca a la pauta marcada en territorio común

Euskadi ha impulsado una reforma fiscal, que las tres Juntas Generales deberán aprobar antes de que termine este mes, que aproxima cada vez más el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) vasco al que rige en territorio común. En 1998, el entonces vicelehendakari, Juan José Ibarretxe, estrenaba la en esas fechas recién pactada plena capacidad normativa para impulsar un IRPF distinto al del resto de España. Ocho años después, el modelo se acerca más que nunca y Euskadi regula a remolque de territorio común un impuesto bastante próximo.

El próximo 1 de enero, si las Juntas Generales de los tres territorios aprueban en plazo los respectivos proyectos de norma foral, entrarán en vigor tres nuevos impuestos, casi idénticos, conforme a los cuales se realizará la declaración de la Renta en 2008. Fuentes forales destacan que al País Vasco no le ha quedado más remedio que seguir la senda marcada por la Hacienda central

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y tender a un modelo impositivo dual. El nuevo IRPF supone una rebaja que no resulta igual para todos los contribuyentes. Una persona con una renta media se ahorrará unos 130 euros (en torno al 3% de sus impuestos), mientras que quien tenga otra alta se beneficiará en 1.600 euros (más del 4%), según expertos fiscales.

- Tipo dual. Las rentas del trabajo y las del capital, también llamadas de ahorro, se gravan de forma separada. Para las segundas se establece un tipo único idéntico al de territorio común mientras que para las primeras se fija una escala con ligeras diferencias sobre la que rige en el resto de España. El tipo máximo asciende al 45% frente al 43% de territorio común y el mínimo, al 23% frente al 24% (ver gráfico). El tipo único para el ahorro, el 18%, se halla cinco puntos por debajo del mínimo fijado para las rentas del trabajo y se aplica a los rendimientos del capital mobiliario (dividendos, intereses y seguros) y a las ganancias y pérdidas derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales. La única diferencia con territorio común, según fuentes jurídicas, es que en el País Vasco se incluyen también los rendimientos del capital inmobiliario derivados del arrendamiento de viviendas.

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A la escala van las imputaciones de renta, rendimientos que no formen parte de la base del ahorro, y pérdidas y ganancias no derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales, exactamente como en la Hacienda central. Esta fórmula ha supuesto la crítica de todos los sindicatos, a la que se ha sumado el catedrático de Hacienda Pública de la Universidad del País Vasco (UPV) Ignacio Zubiri, quien asegura que favorece a las rentas más altas, las mayores perceptoras de rendimientos de capital.

Este tipo de impuesto dual lo aplican sólo cuatro países (Suecia, Holanda, Noruega y Finlandia) de los 30 de la OCDE.

- Deducciones. En ambas normativas se prevé una serie de conceptos que en la mayoría de los casos son similares. La diferencia estriba en que en el País Vasco se mantienen esencialmente sobre la cuota (la cantidad que queda una vez aplicada la tarifa sobre la base imponible), como se estableció en la reforma elaborada en 1998. Este elemento marca, según destacan las haciendas forales, una mayor progresividad (pagan más quienes más ingresan) respecto al territorio común, donde las principales deducciones se aplican en la base imponible (la suma de los ingresos del contribuyente).

- Vivienda habitual. Supone probablemente la mayor diferencia entre las dos normativas. Euskadi mantiene viva la apuesta que en 1998 hizo Ibarretxe por el crédito fiscal. En territorio común no se incluye el alquiler y se establece una deducción general del 15% de la amortización y los intereses con una base de 9.000 euros. En Euskadi se fija un crédito fiscal de 36.000 euros por persona (antes por unidad familiar), y la deducción del 18% sobre una base de 12.000 euros. Los proyectos de normas forales mantienen la exención por plusvalías en la vivienda propia si se reinvierte. También fijan beneficios para las familias numerosas y los menores de 35 años, con un tipo del 23% y una deducción máxima anual de 2.760 euros.

- Planes de pensiones. La fórmula foral fija un doble límite de deducción de 8.000 euros para los individuales y otros 8.000 a los de empresa. En territorio común hay un límite conjunto de 10.000 euros.

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