El Superior suspende la ampliación de los servicios mínimos en los juzgados
Abordará mañana el fondo del asunto tras escuchar a las partes
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior decretó ayer la suspensión cautelar de la orden aprobada por el Departamento de Justicia del pasado lunes, en la que aumentó las dotaciones de los servicios mínimos de la huelga de los juzgados. El tribunal entrará mañana a estudiar la orden, considerada por los sindicatos una limitación "abusiva" del derecho a la huelga, que ayer cumplió su jornada decimoséptima.
La Dirección de Trabajo ordenó el pasado lunes dotar de más personal los servicios mínimos establecidos para la huelga indefinida que realizan los trabajadores de la administración de Justicia desde el pasado 24 de octubre. Los sindicatos criticaron que esta decisión suponía aumentar en un 10% el número de empleados que "van a verse obligados a trabajar" en las jornadas del paro, que se desarrollan los martes, miércoles y jueves, días en los que se celebran habitualmente las vistas orales. La nueva orden, que sustituía a una anterior del 19 de octubre, estableció una ampliación de 20 personas, de 230 a 250, para mejorar esos servicios.
Los sindicatos presentaron ayer un recurso contencioso-administrativo en el que, además de pedir su anulación, solicitaban la suspensión cautelar de sus efectos, alegando que su aplicación produciría "un perjuicio irreparable para los huelguistas". La Sala comunicó por la tarde su decisión de acceder a la suspensión provisional de la orden. Así mismo, convocó a las partes -sindicatos y Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social- a una vista que se celebrará mañana para
resolver si la ampliación de los servicios mínimos es ajustada a derecho o, si por el contrario, "es abusiva e impide el derecho a la huelga", como argumentan las centrales.
En su resolución, la Sala considera que en este caso concurren las circunstancias de "especial urgencia" que señala la ley para adoptar medidas cautelares, ya que la orden recurrida implica un incremento en los servicios mínimos mientras se están desarrollando los paros.
Los sindicatos alegaban que su ampliación, aprobada "unilateralmente", impediría que la repercusión de la huelga "sea apreciable", limitando "su virtualidad como medio de presión". Por el contrario, argumentaban que la suspensión de la orden no perjudica a los ciudadanos, ya que los posibles perjuicios graves y amenazadores de derechos fundamentales se evitaban con los servicios mínimos fijados el 19 de octubre.
En la jornada de ayer, la decimoséptima de huelga en las dependencias judiciales, se volvió a reproducir el baile de cifras. El paro, según los sindicatos convocantes, fue mayoritario, mientras que el departamento que dirige Joseba Azkarraga redujo su seguimiento al 27,03% de la plantilla: el 29% en Vizcaya, el 28% en Álava y el 17% en Guipúzcoa.
La Sala de Gobierno del Tribunal Superior tiene previsto celebrar el mismo viernes una reunión con el comité de huelga, formado por los cinco sindicatos, CC OO, CSIF, ELA, LAB y UGT, para analizar las repercusiones que están teniendo los paros en el funcionamiento de los juzgados.
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