La Audiencia desmonta las sospechas del PP al afirmar que el 11-M se hizo con Goma 2
La Sección Cuarta de lo Penal de la Audiencia Nacional afirmó ayer que la sustancia explosiva utilizada en los atentados del 11-M "provenía de Mina Conchita y respondía a la denominación de Goma 2 Eco". Esa afirmación desmonta la teoría conspirativa que apoya el PP respecto a que no se conoce ni el tipo de dinamita que se utilizó en los atentados de los trenes ni su procedencia. El Tribunal, que confirmó el auto de procesamiento de los 29 imputados por los atentados de los trenes de la muerte, destacó que tanto el origen como la identificación de los explosivos "figura perfectamente acreditada" en los autos.
El tribunal -presidido por Fernando Bermúdez de la Fuente, e integrado por Carmen Paloma González Pastor y Juan Francisco Martel Rivero- rechazó todos los recursos contra el auto de procesamiento dictado por el juez Juan del Olmo, incluido el presentado por la fiscal Olga Sánchez, que pretendía que se procesase a Basel Ghalyoun como autor material. La fiscal consideraba que éste había sido reconocido fotográficamente como uno de los terroristas que colocaron bombas en los trenes, pero que luego no había podido ser reconocido en rueda de reconocimiento de presos porque había cambiado notablemente su fisonomía, puesto que había engordado mucho y se había cortado el pelo al cero.
Los magistrados rechazan todos los recursos presentados contra el auto del juez instructor, incluido el de la fiscal
El tribunal da un varapalo al juez Del Olmo por las "deficiencias" del auto de procesamiento y mezcla de datos dispares
La sustancia explosiva utilizada el 11-M "provenía de Mina Conchita y respondía a la denominación Goma 2 Eco"
El tribunal, sin embargo, no ha admitido el recurso de la fiscal por entender que en este momento lo que procede es decidir si existen indicios racionales de que Ghalyoun cometió un delito por el que deberá ser juzgado, como así es, y no cuál es la calificación jurídica que correspondería a los hechos. Ésta deberá ser precisada en los escritos de calificación provisional por parte de las acusaciones. Es decir, que la fiscal podrá acusar en su momento a Ghalyoun como autor de los atentados, sin que sea necesario modificar el auto de procesamiento.
El tribunal, a pesar de confirmar los 29 procesamientos dictados por el juez Del Olmo, censura duramente las deficiencias del mismo en varios de los autos dictados. Así, en el de Rafa Zouhier se destaca que "el auto de procesamiento dictado [por Del Olmo] no se corresponde con un resumen fundado de los hechos ocurridos y su respectiva imputación a cada uno de los procesados, atendiendo a las diligencias de investigación practicadas, pues, en su extensa redacción, se mezclan una serie de datos absolutamente dispares como son la secuencia del propio atentado al que se describe con total minuciosidad, inclusión de informes policiales íntegros, interminables listas de llamadas telefónicas y otros datos que apenas tienen relación con la implicación de los ahora procesados en el atentado, todo ello, unido a una escasa motivación con respecto a la concreta imputación delictiva de cada uno de los diversos procesados".
No obstante, esos defectos, para el tribunal, aparecen subsanados en el auto posterior por el que el propio magistrado resolvió la reforma y confirmó los procesamientos iniciales. "Las deficiencias", puntualiza el tribunal, "deben atemperarse" debido a "la propia complejidad de la causa, (...) la gran dificultad de su instrucción, (...) el gran número de partícipes y su relación interna, o (...) la propia barbarie del atentado en sí con su enorme cantidad de muertes y lesionados".
Objeciones superadas
"Dando por supuesto lo anterior, no puede desconocerse que todas esas objeciones han sido notablemente superadas en el auto que resuelve el recurso de reforma, donde, con mucha mayor precisión, aparecen las implicaciones materiales de cada uno de los procesados y su conexión con el resto, ya sea a través de las conversaciones telefónicas, documentación intervenida, huellas analizadas o declaraciones testificales o de otros coimputados que permiten obtener suficientes datos indiciarios" sobre la ejecución de los atentados.
Además, ayer se proporcionó a los letrados una copia digitalizada del sumario y se les informó del calendario aproximado: hacia el 15 de noviembre se producirá la apertura del juicio oral o la revocación del sumario. Antes de Navidad deberán estar presentados los escritos de calificación jurídica tanto por las acusaciones como por las defensas. El juicio se iniciará a principios de febrero de 2007 en las dependencias de la Casa de Campo y durará hasta agosto como mucho. La sentencia se hará pública en octubre o noviembre.
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