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El número de menores sujetos a medidas judiciales aumenta un 25%

El número de prestaciones de servicio en beneficio de la comunidad, una de las 14 medidas judiciales que se pueden imponer a los menores infractores y de las convencionalmente denominadas de medio abierto, puesto que no suponen la pérdida de la libertad del menor, se ha elevado durante los primeros ocho meses del año en Andalucía hasta 1.515. Esta cifra casi iguala ya a la registrada durante todo 2005, cuando se ejecutaron 1.591 prestaciones.

El incremento en estos ocho primeros meses respecto a los de 2005, cuando se registraron 1.205, ha sido del 25,7%. Fuentes de la Junta indicaron que dicha prestación es una medida impuesta por el juez de menores que tiene que ser aceptada o consentida voluntariamente por el menor, y que se traduce en actividades que tienen que estar siempre relacionadas con el interés social o en beneficio de personas en situación de precariedad.

Estas actividades en todo caso no son retribuidas y, por tanto, no están supeditadas a la consecución de intereses económicos. Asimismo, bajo ninguna condición podrán atentar a la dignidad del menor.

Se trata de una medida de medio abierto, la segunda en Andalucía por el alto numero que se imponen por parte de los juzgados de Menores, después de la de libertad vigilada, y que se ejecutan desde la Dirección General de Reforma Juvenil, perteneciente a la Consejería de Justicia.

Convenios de colaboración

El número de ejecuciones va en un aumento anual progresivo muy significativo, con 356 medidas en 2001, 677 en 2002, 1.000 en 2003, 1.434 en 2004 y 1.591 en 2005. La concreción de la medida y el contenido del programa para su ejecución se ha de llevar a cabo por técnicos de la Junta, si bien se requiere la colaboración de ayuntamientos y diputaciones, así como entidades privadas, con quienes la Consejería de Justicia y Administración Pública ha suscrito ya hasta 150 convenios de colaboración.

La duración de estas prestaciones no puede superar las 100 horas, salvo en el supuesto de los menores que tengan más de 16 años al cometer los hechos delictivos, siempre que los mismos se hubiesen cometido con violencia o intimidación, incluso con otro tipo de circunstancias, en cuyo caso se les podrán imponer prestaciones de hasta 200 horas.

Estas prestaciones contribuyen a la labor educativa del joven, ya que además se produce en el escenario local, en el entorno territorial y social donde comparte valores, gustos y tendencias, y donde él y su familia desarrollan la convivencia. Las prestaciones han de guardar cierta relación con el daño ocasionado por la infracción que da lugar a la aplicación de esta medida. A título de ejemplo, se especificó, puede tratarse de atención a mayores, acompañar a discapacitados, colaboración en campañas solidarias o colaboración en tareas de carácter administrativo (bibliotecas), entre otras tareas.

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