La Fiscalía recurrirá la prescripción de un delito del 'caso Terra Mítica'
La acusación pública cree que la causa es un trama y no se deben separar los delitos
La Fiscalía recurrirá en breve el auto judicial que ha dado por prescrito el delito de falsedad en documento mercantil en la investigación sobre la trama de facturas falsas a través de las que 17 empresas, entre ellas Terra Mítica, defraudaron a la hacienda pública 4,4 millones de euros en los ejercicios 2000 y 2001. La acusación pública rechaza separar los tres delitos por los que se abrió la causa.
El plazo para el recurso de reforma finaliza el próximo martes. Para el de apelación, el próximo jueves. La Fiscalía prepara desde ayer la argumentación de oposición a la decisión del Juzgado de Instrucción número tres de Valencia de dar por prescrito el delito de falsificación en documento mercantil, uno de los tres por los que se abrió la causa por defraudación a la hacienda pública de 4,4 millones de euros por parte de 17 empresas (incluida Terra Mítica Parque Temático de Benidorm) a través de facturas falsas. La Fiscalía entiende que la causa se abrió por los delitos de falsedad documental, delito societario y delito fiscal dentro de una trama, lo que encadena unos a otros e impide precisar qué ilícito prescribe porque no se pueden separar. Además, entiende que la Agencia Tributaria aún no ha cubierto el trámite de audiencia previa que no cumplió y al que se ha visto obligada después de que así lo decidiera la Audiencia de Valencia, dando por nulas las diligencias penales practicadas en lo que al delito fiscal se refiere. Para la Fiscalía, la causa está en un compás de espera que depende de lo que remita Hacienda.
José Camarasa, del PSPV, señaló ayer sobre el caso que "con independencia de las decisiones que el juez adopte, lo que está claro en el informe de la Agencia Tributaria es que Terra Mítica sufrió una estafa continuada por parte de empresas que trabajaron en su construcción y participó en el entramado organizado para engañar a la hacienda pública".
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