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Violencia contra la mujer

"La ley debería permitir adecuarse a cada realidad"

"La decisión del juez puede resultar chocante, pero en la práctica no hace otra cosa que aplicar lo que desde hace tiempo se está pidiendo desde la judicatura: que se pueda adecuar la ley a cada caso y que pueda tener en cuenta la voluntad de la víctima". Esa es la opinión de Albert Ricart, un veterano abogado de oficio de Barcelona con más de 25 años de experiencia y que fue quien defendió al hombre durante la tramitación de la causa.

Albert Ricart explica también que el juez adoptó su decisión invocando una sentencia del Tribunal Supremo en la que se concluye de manera clara que "cuando la víctima ha resuelto, en su libertad de elección, que no precisa esa medida [la orden de alejamiento] no podrá el Estado intervenir".

La sentencia del Supremo dictada el 26 de septiembre de 2005 razona que el controvertido artículo 57 del Código Penal "persigue un evidente ánimo de protección a la víctima, otorgando a esta medida ámbito de tranquilidad", hasta el punto de que la víctima puede exigir a la policía el cumplimiento de la decisión judicial de protegerla.

"La víctima, a consecuencia de la acción del agresor, no puede por sí sola regir esa libertad, dado que se siente atemorizada", dice el Tribunal Supremo en su sentencia, que más adelante recuerda que el derecho punitivo "sólo es realizable frente al condenado, pero nunca frente a la víctima". Por ese motivo, dicen los jueces, "la víctima, como no puede ser de otra manera en un Estado de derecho, no ha de venir coaccionada en su facultad de regir la vida por una condena que en nada le obliga".

Por eso, el quebrantar una orden de alejamiento por parte del condenado, "exige una afectación a la víctima, de tal suerte que se vea amenazada en esa libertad que ha precisado la protección del Estado", dice el Tribunal Supremo. Pero si la víctima, libremente, no quiere protección, no se le puede otorgar.

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