El fiscal pide hoy al Supremo que anule una condena de Otegi y que vuelva a ser juzgado
Si el alto tribunal confirma la sentencia, el líder de Batasuna tendría que ir a prisión
El Tribunal Supremo abordará hoy la deliberación y fallo del recurso del portavoz de Batasuna, Arnaldo Otegi, contra una condena a 15 meses de prisión por enaltecimiento del terrorismo. Si el Supremo confirma la condena, Otegi tendría que ir a prisión, al sumar otra de un año por injurias al Rey. Sin embargo, la Junta de Fiscales de lo Penal acordó hace más de un año informar a favor de que se anule la sentencia para que Otegi vuelva a ser juzgado.
El recurso se estudiará sin vista pública y la deliberación correrá a cargo del presidente de la Sala Penal, Juan Saavedra, y los magistrados Perfecto Andrés Ibáñez, Juan Ramón Berdugo y Luis Román Puerta sobre un texto que llevará preparado el magistrado ponente, Enrique Bacigalupo. El fallo puede conocerse hoy mismo.
El recurso de Otegi se dirige contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) que le condenó en mayo de 2004 por dar su "aplauso más caluroso a todos los gudaris [soldados vascos] que han caído en la larga lucha por la autodeterminación", en el entierro de la etarra Olaia Castresana. El Tribunal Superior apreció un delito de enaltecimiento del terrorismo en estas palabras y le impuso 15 meses de prisión.
De confirmarse esta pena, se acumularía a la de un año de prisión que le impuso el Supremo el pasado 4 de noviembre por injurias al Rey, al que Otegi llamó "jefe de los torturadores", lo que determinaría el ingreso en prisión del portavoz de Batasuna.
Sin embargo, la Junta de Fiscales de lo Penal del Tribunal Supremo acordó hace más de un año pedir a la Sala que anule la sentencia del Tribunal Superior Vasco al entender que la Sala que juzgó a Otegi estaba "contaminada".
La querella inicial contra Otegi fue desestimada por la magistrada del TSJPV encargada de la instrucción por entender que la conducta del portavoz de Batasuna no integraba el delito de enaltecimiento del terrorismo. Sin embargo, la fiscalía vasca, a instancias del anterior fiscal general, Jesús Cardenal, recurrió y el Tribunal Superior estimó el recurso. Según fuentes fiscales, la misma Sala que ordenó proceder contra Otegi hizo en el auto algunas pronunciamientos de fondo sobre hechos delictivos y posteriormente juzgó y condenó al portavoz de Batasuna a 15 meses de prisión.
Posteriormente, en marzo de 2004, el Constitucional dictó la sentencia sobre las escuchas del Cesid, en la que consideró "contaminado" al tribunal que ordenó a una juez de Madrid proceder contra el teniente general Emilio Alonso Manglano, después de que la magistrada no hubiese apreciado delito. Ese mismo tribunal, la Sección 15 de la Audiencia de Madrid, juzgó y condenó al general Manglano, al ex jefe operativo Juan Alberto Perote y a cinco agentes del Cesid. Su sentencia, y la del Supremo que la confirmó después, fueron anuladas por el Constitucional.
A la vista de esta sentencia del Constitucional, la Junta de Fiscales de Sala determinó, hace año y medio, y a propuesta de la fiscal que despachó el asunto, Soledad Cazorla -hoy jefa de la fiscalía de Sala contra la Violencia Doméstica- que el Ministerio Fiscal debía pedir la nulidad de la sentencia de Otegi, aplicando la doctrina constitucional sobre el derecho a ser juzgado por un tribunal imparcial.
Otegi pide en su recurso al Supremo que le absuelva por no haber sido sus declaraciones constitutivas de delito. En otro motivo de casación, aduce que la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal vasco que le juzgó estaba contaminada.
Fuentes fiscales puntualizaron ayer que la Fiscalía no pide la absolución de Otegi, sino que éste vuelva a ser juzgado por enaltecimiento del terrorismo, pero por un tribunal distinto y que no esté contaminado.
Por otra parte, el Tribunal Superior vasco ordenó ayer la reapertura de la causa penal contra el consejero de Interior, Javier Balza, para que se le investigue como autor de un delito de denegación de auxilio por no impedir el acto de Batasuna del 14 de noviembre de 2004 en el velódromo de Anoeta, informa Aitor Guenaga. La instructora de la querella archivó el caso sin llegar a tomar declaración al imputado Balza, al entender que no hubo un "requerimiento expreso" para poder prohibir el acto. El Tribunal Superior considera ahora que la instructora debió motivar el hecho de no tomar declaración a Balza, le ordena que lo haga y que practique las diligencias que considere necesarias.
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