El Supremo obliga a la Generalitat a renovar una licencia a la Cope
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha reconocido el derecho de la Cope a la renovación de la concesión de una emisora de frecuencia modulada cuya prórroga había sido denegada por la Generalitat presidida por Jordi Pujol, en 1998. El Supremo ha anulado la resolución de la Generalitat y la sentencia del Tribunal Superior de Cataluña que la había convalidado.
La Generalitat denegó el 1998 12 de mayo de 1998 la prórroga de la concesión de una emisora de la Cope que había sido otorgada en 1985 y que, podría ser renovada por periodos iguales de 10 años, alegando que la Ley de Política Lingüística había alterado sustancialmente las condiciones de uso al tener que garantizar un mínimo de tiempos de emisión en catalán.
Según el Supremo, cuando la legislación establece que se "podrá" renovar la prórroga, no se está refiriendo a la atribución de facultades a la Administración, sino a una "cualidad" de la concesión, que puede ejercitarse en las condiciones establecidas salvo en caso de infracciones o incumplimientos por parte del concesionario.
La sentencia agrega que la implantación de la ley de Política Lingüística no impide la renovación ni justifica su denegación y ni la resolución de la Generalitat ni la sentencia del Tribunal Superior de Cataluña precisaron las concretas incidencias que impedían la continuación del servicio, con las correspondientes adaptaciones.
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