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El PP impide que se prohíban las campañas autonómicas de autobombo

El Senado corrige al Congreso en la ley de publicidad institucional

Carlos E. Cué

El PP logró aprobar ayer en el Senado, con el apoyo del PNV, una enmienda para impedir que la ley que prohíbe la publicidad institucional que se dedica al autobombo de la gestión del Gobierno de turno, y que está en tramitación, tenga carácter de ley básica y, por tanto, afecte también a las campañas de los Ejecutivos autonómicos. El PSOE sostuvo que el PP pretende impedir que se prohíban campañas como la que ha promovido en Madrid Esperanza Aguirre sobre la reducción de las listas de espera en la sanidad.

El PP coincidió en los argumentos del PNV para promover la enmienda que elimina el carácter de ley de bases: "Hoy podremos ver si verdaderamente el Grupo Socialista pretende con este proyecto de ley es limitar la publicidad del Gobierno o lo que realmente desea es controlar y fiscalizar lo que hagan las comunidades autónomas", señaló la senadora Paloma Corres, portavoz del PP en la Comisión Constitucional del Senado, donde ayer quedó finalmente aprobada la ley, a la espera de su paso definitivo por el pleno. Sin embargo, el PP sí apoyó la iniciativa en su conjunto, por considerarla positiva, aunque no su aplicación autonómica.

"Si se elabora una norma que se considera que es buena, lo es para todos, no para unos sí y para otros no", se quejó la portavoz socialista Emelina Fernández. En conversación con este periódico, la senadora acusó al PP de estar "protegiendo a Esperanza Aguirre y su campaña de las listas de espera". "Esa campaña sería claramente ilegal si esta ley que ahora aprobamos tuviera su traslación a una normativa madrileña", insistió.

La parte de la ley que el PP y el PNV rechazan que sea básica es la de mayor contenido político, esto es, el artículo 4, que marca las prohibiciones:

"1. No se podrán promover o contratar campañas institucionales de publicidad y de comunicación:

a) Que tengan como finalidad destacar los logros de gestión o los objetivos alcanzados por los sujetos mencionados en el artículo 1 de esta ley [Administración General del Estado y demás integrantes del sector público estatal].

b) Que manifiestamente menoscaben, obstaculicen o perturben las políticas públicas o cualquier actuación legítimamente realizada por otro poder público en el ejercicio de sus competencias.

c) Que incluyan mensajes discriminatorios, sexistas o contrarios a los principios, valores y derechos constitucionales".

La Comisión Constitucional aprobó la ley con la enmienda de PP y PNV. Si ésta logra sobrevivir en el pleno, el PSOE podrá retirarla cuando el texto vuelva al Congreso.

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